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Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y Quirón Prevención, S. L. U., para la formación de residentes en salud laboral en el marco del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 76

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
40

CONVENIO de colaboración de 16 de marzo de 2023, entre la Comunidad de
Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y Quirón Prevención, S. L. U., para la formación de residentes en salud laboral en el marco
del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2021-2024.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Javier Fernández-Lasquetty y Blanc, Consejero de Economía, Hacienda y Empleo nombrado por Decreto 46/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en calidad de Presidente del Consejo de Administración del
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante IRSST, de conformidad
con lo dispuesto en el art. 8.1.a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Y de otra D. Emilio Conde Herce, Apoderado de Quirón Prevención, S. L. U., con CIF
número B64076482 y domicilio social en la Calle Agustín de Betancourt, 25 de Madrid, y
provisto de DNI número 00835580J, actuando en representación de Quirón Prevención,
S. L. U., según se acredita en la escritura de poder otorgada a su favor el pasado 6 noviembre de 2017, ante el Ilustre Notario de Madrid, D. Luis Enrique García Labajo, bajo el número de protocolo 2.125.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad jurídica para la suscripción del presente
convenio, y a tal efecto,

1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó, el 11 de noviembre
de 2020, el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid, que se desarrollará entre los años 2021 y 2024, el cual se estructura en tres grandes grupos de ejes que, a su vez, se dividen en subgrupos más específicos en función de los
objetivos e intereses a los que se pretende dar cobertura con ellos, todo ello con una misión
firmemente establecida, la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigidas
a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de las empresas y los trabajadores y
una hoja de ruta o visión estratégica a alcanzar, promover entornos de trabajo seguros y estables como elemento fundamental para una economía competitiva y un empleo de calidad.
2. En la elaboración y aprobación del contenido del VI Plan Director de Prevención
de Riesgos Laborales, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la
Ley 23/1997, de 19 de marzo, de Creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en
el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), en cuanto
a la naturaleza, finalidad y funciones del propio Instituto, y en la Ley 31/1995, de 8 de marzo, de Prevención de Riesgos Laborales (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de marzo) debido a que en ellas se recoge una visión unitaria en la política de prevención de riesgos laborales, actualizando regulaciones anteriores y a su vez, regulando situaciones nuevas no
contempladas con anterioridad, constituyendo el marco legal de referencia en la materia.
Asimismo, el artículo 5 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre dispone que “La política en
materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de
trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores
en el trabajo”.
3. La difusión de conocimientos en materia de prevención de riesgos laborales constituye uno de los grandes ejes del vigente VI Plan Director. En este ámbito, el Plan persigue entre sus objetivos, la integración de la Prevención de Riesgos Laborales en grados universitarios, formación profesional y certificados de profesionalidad. De ahí que el Plan
promueva la firma de convenios de colaboración con entidades capaces de generar una
transferencia de conocimientos a empresas, trabajadores y sectores productivos y el establecimiento de alianzas estratégicas con otros actores del sistema preventivo regional, entre otros, servicios de prevención y entidades formadoras.

BOCM-20230330-40

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