C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230330-26)
Admisión y matriculación de alumnos –  Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 76

tarán en la escuela oficial de idiomas consignada como primera opción. Además, en este período se podrán subsanar los errores materiales detectados. Las reclamaciones presentadas a
la lista provisional de solicitantes inscritos serán resueltas a través de la publicación de la lista definitiva de solicitantes admitidos junto con la escuela oficial de idiomas asignada.
3. Con fecha 3 de mayo de 2023, los solicitantes podrán acceder a la lista definitiva
de solicitantes admitidos, así como a la escuela oficial de idiomas que les ha sido asignada,
siguiendo lo establecido en el punto 1 de este apartado. Esta lista definitiva podrá ser objeto de recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, que resolverá lo que proceda en los
términos previstos en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Esta
resolución, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.
4. La adjudicación de plazas se realizará en función del orden de preferencia consignado por el solicitante y del número de vacantes ofertadas por las escuelas oficiales de idiomas. En el caso de que haya más solicitantes que plazas ofertadas, la adjudicación se resolverá de acuerdo con el apartado noveno.
Noveno
Criterios para la adjudicación de las plazas
1. Con el fin de resolver los casos en los que haya más solicitantes que plazas disponibles, la adjudicación de plazas se llevará a cabo teniendo en cuenta el sorteo público que
la consejería con competencias en materia de educación celebra anualmente para regular los
procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, y cuyo resultado es comunicado a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de
Madrid para su aplicación a través de la plataforma de Secretaría Virtual.
2. El sorteo público consiste en la siguiente actuación:
a) Extraer aleatoriamente cuatro bolas de un conjunto de diez, numeradas del 0 al 9.
Antes de proceder a cada extracción se vuelve a introducir, en su caso, la bola extraída con anterioridad.
b) El resultado obtenido al colocar de izquierda a derecha, y en el mismo orden de extracción, las cifras a las que se refiere el párrafo anterior, se dividirá entre diez mil.
c) La cifra que se obtiene se comunicará posteriormente a las escuelas oficiales de
idiomas a través de las Direcciones de Área Territorial y será incluida para información de los solicitantes en la página web de la Comunidad de Madrid.
d) Cuando una escuela oficial de idiomas cuente con más solicitantes que vacantes,
se ordenarán alfabéticamente las solicitudes recibidas y se asignará a cada una de
ellas correlativamente un número natural, comenzando por el 1 y terminando por
la última de las solicitudes recibidas.
3. Cuando un centro reciba más solicitudes que plazas ofertadas, la aplicación de
gestión educativa Raíces elaborará una relación ordenada alfabéticamente con solicitudes
recibidas y asignará a cada una de ellas correlativamente un número natural, comenzando
por el 1 y terminando por la última de las solicitudes.
4. Se calculará el número natural que resulta al eliminar las cifras decimales del número que se obtiene sumando uno al producto del resultado obtenido en el punto 3.b) por
el número total de solicitudes.
5. Las plazas vacantes disponibles se adjudicarán comenzando por la solicitud de la
relación a la que se refiere el punto 3, de acuerdo con el número que se determine conforme a lo dispuesto en el punto 4 y continuando, hasta agotar las plazas vacantes, por aquellas solicitudes a las que corresponden los siguientes números según el orden creciente de la
serie numérica.
6. A los efectos de lo establecido en el punto anterior se considerará que el número 1 es
el siguiente al número total de solicitudes recibidas en el centro.
7. Las operaciones anteriores se realizarán mediante la aplicación Raíces, que adjudicará las plazas disponibles según la ordenación descrita.
Décimo
Formalización de matrícula
De acuerdo con el artículo 24 de la Orden 1587/2022, de 8 de junio, el procedimiento
de formalización de matrícula se ajustará a los siguientes plazos y condiciones:
1. La formalización de matrícula de los solicitantes que hayan obtenido plaza se
efectuará del 4 al 17 de mayo de 2023, ambas fechas inclusive, en la escuela oficial de idiomas que a cada solicitante le haya sido asignada.

BOCM-20230330-26

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