C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230330-26)
Admisión y matriculación de alumnos –  Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 76

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

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2. La formalización de matrícula lleva asociados dos precios públicos que los solicitantes deberán abonar, uno en concepto de “Servicios comunes: Servicios administrativos
por curso” y el segundo, “Pruebas libres para la obtención de certificado de idioma”.
3. El pago de los precios públicos se realizará mediante la aplicación informática
“Pago de tasas, precios públicos y otros ingresos” de la Comunidad de Madrid, disponible
en la dirección web:https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/#!/main . La tramitación del pago de los precios públicos requiere seleccionar un centro gestor, que deberá ser la escuela oficial de idiomas en la que el solicitante ha resultado admitido. Una vez
cumplimentados de forma telemática los formularios de precios públicos, se podrán abonar
por vía telemática. Asimismo, los documentos se podrán imprimir y presentarse para abono en alguna de las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación de la Comunidad de Madrid.
4. La matrícula quedará formalizada una vez el solicitante o persona autorizada haya
presentado el justificante de abono de los dos precios públicos, así como la documentación
requerida por la escuela oficial de idiomas asignada en el plazo indicado. Los solicitantes
que no formalicen la matrícula en el período indicado decaerán de su derecho a la plaza.
5. Con fecha 22 de mayo de 2023, las escuelas oficiales de idiomas que dispongan de
vacantes por no haber formalizado la matrícula los solicitantes admitidos en ella podrán matricular de manera excepcional a los solicitantes en lista de espera de su centro.
Undécimo
Prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19
Los centros aplicarán las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos establecidas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, vigentes en el curso 2022-2023, así como, en su caso, las que establezcan la
Consejería de Sanidad o la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

BOCM-20230330-26

Duodécimo
Protección de datos
En lo referente a la obtención de los datos personales de los solicitantes y/o sus representantes legales y a la seguridad y confidencialidad de estos, se atenderá a lo dispuesto en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y en lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Madrid, a 21 de marzo de 2023.—El Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, José María Rodríguez Jiménez.