Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 920

MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 75

4. Solicitudes y documentación
Todos los programas, proyectos y actividades que se presentan para obtener subvención
deberán contener, al menos, lo establecido en las bases generales y los siguientes puntos:
— Ámbito de aplicación y características de la población a la que va dirigido.
— Objetivos específicos y generales, así como los recursos asociativos necesarios.
— Implicación en programas de Desarrollo Sostenible, Objetivos de desarrollo sostenible (ODS), reciclaje, parques, movilidad urbana, eficiencia energética, etc.
— Memoria justificativa que comprenda:
d Actividades, evaluación y presupuesto detallado.
d Cantidad que se destina a la actividad.
d Cantidad que se solicita para subvencionar.
5. Dotación económica
La dotación económica de la presente convocatoria será de 46.000 euros, de los
cuales, 6.000 euros corresponden a la partida 12/1720/489.01 y 40.000 euros a la partida 36/1720/489.01 del ejercicio presupuestario del año 2023.
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (ASOCIACIONES DE VECINALES)
PARA EL AÑO 2023
1. Objeto
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las Asociaciones de
Vecinos/as que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de Leganés y que tienen como objeto promover proyectos y actividades locales dirigidas a potenciar el desarrollo comunitario, fomentando e impulsando los mecanismos de participación ciudadana
existentes, así como la creación de nuevos canales de información y participación activa de
los ciudadanos en la vida y desarrollo de nuestro municipio.

Cada Asociación de Vecinos podrá presentar al área de Participación Ciudadana un
único proyecto en el que se incluirán las actividades recogidas a continuación. Cumplimentando el Anexo II señalado en la parte séptima de las bases generales.
Los proyectos objeto de subvención deben estar dirigidos a las actividades que a continuación se detallan:
1. Actividades formativas e informativos, cursos, seminario y conferencias con especial prioridad todo aquello que favorezca la Participación Ciudadana.
2. Proyectos que desarrollen acciones, actividades y metodologías para promover,
crear, motivar nuevas formas de participación. Que generen espacios /foros abiertos de debate, intercambio de ideas o experiencias que mejore la cohesión y la participación ciudadana de barrio.
3. Actividades que fomenten el trabajo con colectivos de especial atención, inmigrantes, discapacidad, mayores, mujer y en definitiva en todos los sectores de población que
la requieran. promoviendo acciones entorno al respeto y convivencia entre los y las vecinos/as que evite la exclusión social.
4. Actividades que promuevan valores de igualdad, concienciación y solidaridad.
5. Actividades que generen acciones de divulgación e información a los y las ciudadanos/as sobre temas relacionados con el barrio de referencia y/o temas de interés general.
6. Actividades que conciencien e involucren a la ciudadanía en el fomento de la
Agenda 2030, en particular promocionando estilos de vida y comportamientos sostenibles.
No serán gastos que se puedan imputar a la subvención, además de los establecidos en
las bases generales:
— Artículos de merchandising (camisetas, gorras, etc.).
3. Criterios de valoración
3.1.

Los establecidos con carácter general en las bases de la convocatoria.

BOCM-20230329-76

2. Actividades objeto de subvención