Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 908
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 75
tas que incidan en la desaparición de estereotipos sexistas y/o difundir actuaciones de interés en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Línea 2. Prevención de la violencia de género y atención a víctimas (Objetivo 5.2 de
los O.D.S*).
— Actividades en Conmemoración del 25 de noviembre, Día Internacional para la
eliminación de la Violencia contra las mujeres.
— Proyectos y actividades dirigidos a promover la eliminación de la violencia de género que operen a nivel preventivo o de tratamiento, tales como: campañas de sensibilización, grupos de auto ayuda, etc.
— Seminarios, jornadas, mesas redondas, conferencias, y todo tipo actividades en
torno a la igualdad o la prevención y/o eliminación de la violencia hacia las mujeres.
— Actividades concretas que sensibilicen, prevengan e informen a la población en
entornos festivos sobre la violencia sexual hacia las mujeres.
Línea 3. Prevención y eliminación de la LGTBfobia.
— Actividades en conmemoración del 17 de mayo, Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia o del 28 de junio, día del orgullo LGTBI.
— Proyectos y actividades que ayuden eliminar los prejuicios y los mitos en torno al
colectivo LGTBI, así como para reducir el acoso y la violencia hacia estas personas.
— Seminarios, jornadas, mesas redondas, conferencia en torno a la identidad sexual,
la orientación del deseo y la diversidad como valor.
Línea 4. Investigaciones, estudios y publicaciones (Objetivo 5.1 de los O.D.S*).
— Proyectos y actividades que impulsen investigaciones, estudios, publicaciones,
etc. sobre situación actual o histórica de las mujeres en diferentes áreas, temas, necesidades o problemáticas.
— También se valorarán aquellos que tengan en cuenta la multiculturalidad o las diferencias de las mujeres en las distintas culturas.
— Proyectos y actividades que impulsen investigaciones, estudios, publicaciones,
etc. sobre la situación actual o histórica del colectivo LGTBI.
Línea 5. Conciliación y emprendimiento (Objetivo 5.4 de los O.D.S*).
— Actividades y proyectos dirigidos a rescatar el tiempo personal de las mujeres y
favorecer su incorporación a la vida social, facilitando la conciliación del trabajo
y de la vida familiar y sensibilizando a hombres y mujeres acerca de la necesidad
de compartir la responsabilidad sobre las tareas familiares y domésticas. Desarrollo y trabajo en el ámbito de las nuevas masculinidades.
Todas las actuaciones han de ser coherentes con los principios de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como el de evitar el racismo, la xenofobia, LGTBfobia o cualquier otro tipo de discriminación.
Quedan excluidos de la presente convocatoria:
— Los proyectos relativos a actividades deportivas.
— Los proyectos de formación cuando las competencias correspondan a alguna institución.
— Los proyectos de viajes desprovistos de claro valor cultural y educativo.
— Las actividades o actos que contengan un marcado carácter religioso.
— Actividades que puedan incitar, directa o indirectamente, al abuso de sustancias
adictivas, alcohol, etc., que los fomenten o que hagan apología de su consumo.
— Actividades con finalidad lucrativa.
— Actividades incluidas dentro de los programas de Fiestas.
— Actividades que fomenten o consientan cualquier tipo de discriminación.
— Actividades organizadas por entidades que tengan suscrito convenio con el Ayuntamiento de Leganés.
— Actividades que vengan organizadas por AMPA’s de centros educativos u otros
proyectos educativos sin interés comunitario.
— Cualquier proyecto o actividad que no responda a las líneas de actuación descritas
en este apartado.
3. Criterios específicos de valoración
Además de los criterios de valoración del apartado cuarto de las bases generales, los
proyectos presentados a la convocatoria del área de Igualdad serán valorados acorde a unos
criterios específicos.
BOCM-20230329-76
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 75
tas que incidan en la desaparición de estereotipos sexistas y/o difundir actuaciones de interés en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Línea 2. Prevención de la violencia de género y atención a víctimas (Objetivo 5.2 de
los O.D.S*).
— Actividades en Conmemoración del 25 de noviembre, Día Internacional para la
eliminación de la Violencia contra las mujeres.
— Proyectos y actividades dirigidos a promover la eliminación de la violencia de género que operen a nivel preventivo o de tratamiento, tales como: campañas de sensibilización, grupos de auto ayuda, etc.
— Seminarios, jornadas, mesas redondas, conferencias, y todo tipo actividades en
torno a la igualdad o la prevención y/o eliminación de la violencia hacia las mujeres.
— Actividades concretas que sensibilicen, prevengan e informen a la población en
entornos festivos sobre la violencia sexual hacia las mujeres.
Línea 3. Prevención y eliminación de la LGTBfobia.
— Actividades en conmemoración del 17 de mayo, Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia o del 28 de junio, día del orgullo LGTBI.
— Proyectos y actividades que ayuden eliminar los prejuicios y los mitos en torno al
colectivo LGTBI, así como para reducir el acoso y la violencia hacia estas personas.
— Seminarios, jornadas, mesas redondas, conferencia en torno a la identidad sexual,
la orientación del deseo y la diversidad como valor.
Línea 4. Investigaciones, estudios y publicaciones (Objetivo 5.1 de los O.D.S*).
— Proyectos y actividades que impulsen investigaciones, estudios, publicaciones,
etc. sobre situación actual o histórica de las mujeres en diferentes áreas, temas, necesidades o problemáticas.
— También se valorarán aquellos que tengan en cuenta la multiculturalidad o las diferencias de las mujeres en las distintas culturas.
— Proyectos y actividades que impulsen investigaciones, estudios, publicaciones,
etc. sobre la situación actual o histórica del colectivo LGTBI.
Línea 5. Conciliación y emprendimiento (Objetivo 5.4 de los O.D.S*).
— Actividades y proyectos dirigidos a rescatar el tiempo personal de las mujeres y
favorecer su incorporación a la vida social, facilitando la conciliación del trabajo
y de la vida familiar y sensibilizando a hombres y mujeres acerca de la necesidad
de compartir la responsabilidad sobre las tareas familiares y domésticas. Desarrollo y trabajo en el ámbito de las nuevas masculinidades.
Todas las actuaciones han de ser coherentes con los principios de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como el de evitar el racismo, la xenofobia, LGTBfobia o cualquier otro tipo de discriminación.
Quedan excluidos de la presente convocatoria:
— Los proyectos relativos a actividades deportivas.
— Los proyectos de formación cuando las competencias correspondan a alguna institución.
— Los proyectos de viajes desprovistos de claro valor cultural y educativo.
— Las actividades o actos que contengan un marcado carácter religioso.
— Actividades que puedan incitar, directa o indirectamente, al abuso de sustancias
adictivas, alcohol, etc., que los fomenten o que hagan apología de su consumo.
— Actividades con finalidad lucrativa.
— Actividades incluidas dentro de los programas de Fiestas.
— Actividades que fomenten o consientan cualquier tipo de discriminación.
— Actividades organizadas por entidades que tengan suscrito convenio con el Ayuntamiento de Leganés.
— Actividades que vengan organizadas por AMPA’s de centros educativos u otros
proyectos educativos sin interés comunitario.
— Cualquier proyecto o actividad que no responda a las líneas de actuación descritas
en este apartado.
3. Criterios específicos de valoración
Además de los criterios de valoración del apartado cuarto de las bases generales, los
proyectos presentados a la convocatoria del área de Igualdad serán valorados acorde a unos
criterios específicos.
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BOCM