Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 75

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

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ción. Así como disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar los
proyectos objeto de la presente subvención y garantizar el cumplimiento de los
objetivos previstos en los mismos.
— Que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con la AEAT y Local.
Sexta. Solicitudes y plazos de presentación
Se deberá cumplir las siguientes condiciones, que tendrán la consideración de excluyentes en caso de incumplimiento:
a) Se presentará una solicitud por cada proyecto.
b) No se podrá solicitar varias subvenciones para un mismo proyecto.
Cada entidad solicitante podrá presentar un único proyecto por Área y/o Junta Municipal de Distrito. (Cooperación, Cultura, Cultura UPL, Deportes, Discapacidad, Educación,
Empleo, Festejos, Igualdad, Infancia, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Juventud, Medio Ambiente y Sostenibilidad, Participación
Ciudadana, Salud y Servicios Sociales).
Las solicitudes, junto con el resto de documentación exigida en las presentes Bases, se
presentarán en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID-BDNS
y en la Sede Electrónica de la página web municipal ( www.leganes.org ).
En base al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a
relacionarse telemáticamente con las administraciones públicas mediante Certificado Digital de Persona Jurídica.
La presentación se realizará a través del acceso a la Sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés ( http://sede.leganes.org )y será accesible tanto directamente como a través
del Punto de Acceso General al Ayuntamiento ( www.leganes.org ), conforme al Decreto
dictado por el alcalde-presidente de fecha 24 de noviembre de 2021, tomada a razón en el
libro de decretos y resoluciones con el número 11.657/2021.
Toda la documentación tendrá que ir firmada telemáticamente pudiendo utilizar cualquier programa de firma electrónica.
El impreso para la solicitud se podrá descargar en la página web del Ayuntamiento de
Leganés ( http://www.leganes.org ).
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán excluidas por las Delegaciones y Juntas de Distrito que forman parte de la convocatoria general de subvenciones municipales.
Las consultas relativas a las subvenciones se realizarán desde el teléfono de información al ciudadano 010, desde el municipio y 912 489 010 si lo hace desde fuera de Leganés.

Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro deberán presentar la documentación
general que a continuación se detalla, así como, aquella documentación complementaria
que se establezcan en las bases específicas de las Delegaciones y Juntas de Distrito a las que
se refiere la presente convocatoria.
1. Solicitud de subvención a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, según
modelo y formulario cumplimentado con los datos del proyecto (según anexo I). Se utilizará una solicitud por proyecto y la misma deberá presentarse cumplimentada en su totalidad.
2. NIF de la asociación y/o entidad.
3. Proyecto para el que solicita subvención (anexo II). Se deberá cumplimentar en su
totalidad. Recordando que para algunas delegaciones se deberá anexar documentación
complementaria según sus bases específicas.
4. Certificación según Modelo 950 de Comunicación de datos bancarios y domicilio
(solo si en anteriores convocatorias no se ha presentado o si la asociación ha modificado los
datos de la citada ficha. Este documento debe ser sellado por la entidad bancaria correspondiente) (anexo III).
5. Declaración responsable (anexo IV) en el que manifieste:
5.1. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.

BOCM-20230329-76

Séptima. Documentación a presentar