Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 880

MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 75

Tercera. Financiación
Las ayudas que se concedan al amparo de las presentes bases se financiarán con cargo
a los fondos propios del Ayuntamiento de Leganés.
La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 1.652.620 euros, en concepto de
subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan del presupuesto del ejercicio 2023.
La concesión de ayudas quedará condicionada a la suficiencia, existencia y disponibilidad del crédito asignado a cada Área de las diferentes Delegaciones o Junta de Distrito,
previamente aprobado, según se detallan en cada una de las bases específicas de las Delegaciones participantes, que se resumen en:


DELEGACIÓN

ÁREA

APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA

DOTACIÓN
ECONÓMICA

1

Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad,
Convivencia y Cooperación

Cooperación

24/9241/489.00

10.000€

2

Deportes y Cultura

Cultura.

05/3300/489.01

106.000€

3

Deportes y Cultura

Cultura. UPL

05/3261/489.01

52.000€

4

Deportes y Cultura

Deportes

06/3411/489.00

718.000€

5

Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad,
Convivencia y Cooperación

Discapacidad

35/2313/489.01

32.000€

6

Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad,
Convivencia y Cooperación

Educación

07/3261/489.01

25.000€

7

Economía Desarrollo Local y Empleo

Empleo

03/2410/489.02

15.000€

8

Mayores, Participación Ciudadana y Festejos

Festejos

21/3380/489.01

50.000€

9

Hacienda Contratación e Igualdad

Igualdad

09/2311/489.01

32.000€

10

Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad,
Convivencia y Cooperación

Infancia

30/2314/489.01

15.000€

11

Junta de Distrito La Fortuna

JMD La Fortuna

17/9200/489.01

45.000€

12

Juntas de Distritos de San Nicasio y Zarzaquemada

JMD San Nicasio

22/9200/489.00

15.120€

13

Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad,
Convivencia y Cooperación

Juventud

19/3345/489.01

30.000€

14

Medio Ambiente, Sostenibilidad y Presidencia de
Junta de Distrito La Fortuna

Medio Ambiente y Sostenibilidad

12/1720/489.01
36/1720/489.01

6.000€
40.000€

15

Mayores, Participación Ciudadana y Festejos

Participación Ciudadana

10/9240/489.01

34.500€

16

Salud, Consumo, Régimen Interior y Transparencia

Salud

33/3114/489.01

40.000€

17

Familia y Políticas Sociales

S. Sociales

08/2300/489.01

387.000€

Quinta. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro (beneficiarias).
Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases:
— Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Leganés y que dicha inscripción se encuentre actualizada en el momento de solicitar las subvenciones.
— Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con las
diferente Delegaciones, Áreas y Juntas de Distritos a las que va a solicitar subven-

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Cuarta. Criterios de valoración de las solicitudes
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley General de Subvenciones, las solicitudes presentadas se valorarán y seleccionarán teniendo en cuenta criterios
objetivos de valoración y su correspondiente ponderación.
Cada una de las Delegaciones y Juntas de Distritos a las que se refiere la presente convocatoria valorarán con carácter general los siguientes criterios:
— Idoneidad o necesidad social del proyecto alineado con los objetivos de Desarrollo
Sostenible (hasta 2 puntos).
— Continuidad demostrada de los proyectos en los últimos años desarrollados satisfactoriamente (hasta 2 puntos).
— Acciones novedosas: iniciativas sociales, medio ambientales y de salud (hasta 2
puntos).
— Cooperación entre varias asociaciones para el desarrollo de proyectos conjuntos
(hasta 2 puntos).
Además, cada proyecto se evaluará con los criterios de valoración que se detallan en
cada una de las bases específicas.
La valoración económica de las puntuaciones obtenidas será realizada por el área correspondiente en cada fase de las subvenciones.