Torrelodones (BOCM-20230328-69)
Urbanismo. Plan parcial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 74

48.5. Condiciones estéticas, higiénicas y ambientales:
A) De modo genérico, serán las previstas con carácter general en el capítulo 7 de la
normativa urbanística de las NNSS–97.
B) De modo concreto deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
B.1. Se procurará la utilización de revestimientos con piedra de la zona (granitos, en sus diferentes acabados), sobre todo en zócalos correspondientes a
altura de planta baja. Si se utiliza ladrillo visto, se armonizará color y aparejo con edificaciones tradicionales próximas. Si se utilizan enfoscados,
serán de colores claros, preferentemente ocres o terrizos. Se prohíben en
fachada la utilización de chapados, mármol, gres, baldosas, o similar.
B.2. El diseño será libre, pero se justificará expresamente su integración en el
entorno próximo, y su impacto visual desde la A–6.
B.3. Deberá justificar su accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas,
así como el cumplimiento de la normativa sectorial que sea de aplicación.
C) Deberá ajardinarse el 30 por 100 de la totalidad de la parcela, pudiendo computar
zonas de aparcamientos si estos tienen un tratamiento adecuado.
48.6. Condiciones de uso:
A) Se ajustará a las definiciones, categorías y situaciones del Artículo 24 de estas
Ordenanzas.
B) En cuanto a la compatibilidad de usos se estará a lo dispuesto en el Artículo 29 de
estas Ordenanzas.
C) En particular la Zona T será compatible con los siguientes usos pormenorizados:
— Uso terciario: Cat. 1, Situaciones: 1.a, 2.a Cat. 2, Situaciones: 1.a, 2.a Cat. 3,
Situación: 2.a Cat. 4, Situaciones: 1.a, 2.a Cat. 5, Situación: 2.a.
— Uso dotacional: Cat. 1, Situación 2.a Cat. 4, Situación: 2.a Uso de zonas verdes: Cat. 2, 5, 6.
— Uso verde-deportivo: Cat. 1, Situaciones: 1.a, 3.a Cat. 2, Situación: 2.a.
— Uso garaje-aparcamiento: Cat. 2, Situaciones: 1.a, 2.a, 3.a, 4.a.
— Uso servicios urbanos: Cat. 1, Situación: 5.a Cat. 2, Situaciones: 1.a, 5.a.
Art. 49. Zona 4. Equipamiento Comercial-Oficinas. EC-O.—49.1. Definición.
Carácter y tipología.
Zona destinada a actividades terciarias, con un uso comercial y/o oficinas.
49.2. Condiciones de parcelación:
A) Se establece una parcela mínima de 1.500 m2. Las parcelaciones o segregaciones
que puedan efectuarse sobre la parcela delimitada, deberán respetar en todo caso,
el techo edificable asignado en el Cuadro de condiciones de aprovechamiento del
Plano PO-2.
B) Vinculación a un Estudio de Detalle: Las parcelaciones a que se refieren el apartado A), anterior, y el correspondiente reparto de edificabilidades, solamente podrán
realizarse mediante un proyecto de segregación tramitado de forma posterior, o simultáneamente, a un Estudio de Detalle de la parcela.
49.3. Condiciones de volumen y posición de la edificación:
A) Edificabilidad, ocupación y alturas: el techo edificable será el correspondiente al
que figura en el cuadro de condiciones de aprovechamiento del Plano PO-2 para
cada parcela edificable, con ordenanza Zona 4 y calificación EC-O.
Índice de edificabilidad máximo sobre parcela neta: 1,5 m2/m2.
Ocupación máxima: 65por ciento.
Número máximo de plantas: II.
— Altura máxima de cornisa: 7,5 m.
— Altura máxima total: 10,50 m.
Por encima de esta altura solamente podrán situarse elementos propios de las instalaciones del edificio.
B) Retranqueos mínimos:
A frente de calle o alineación oficial: 5 m.
Al resto de linderos: 3 m.

BOCM-20230328-69

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