Torrelodones (BOCM-20230328-69)
Urbanismo. Plan parcial
53 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 74
MARTES 28 DE MARZO DE 2023
—
BOCM-20230328-69
Mejor soluciones mixtas a uniformes: Por ejemplo, para zonas de
aparcamientos, combinación de hierba-hormigón, con losas tipo
“Checker Block”.
— Preferencia por los colores integrados sobre grises/ asfaltos.
— En particular, se prohíbe la utilización de asfalto para calles interiores
privadas, que señalen los Estudios de Detalle, o proyectos unitarios de
edificación.
B.3. Las aceras se ejecutarán con un tránsito suave hasta la calzada, bien con la
interposición de un bordillo resaltado, o bien con la configuración de encuentros al mismo nivel con distinta pendiente que garantice de esta forma
el encauzamiento de las aguas pluviales de escorrentía.
En el primer caso el desnivel entre acera y calzada no será mayor de 17 cm
ni menor de 12 cm, salvo en casos que se consideren excepcionales por la
circunstancia que concurra.
B.4. La pavimentación de las calzadas se hará teniendo en cuenta las condiciones
del soporte, las del tránsito que vaya a rodar sobre él.
B.5. Las tapas de arquetas, registros, etc., se dispondrán teniendo en cuenta el despiece y las juntas de los elementos del pavimento, nivelándolas con su plano.
Se admite la evacuación superficial de las aguas de lluvia, debiendo de habilitar a tal fin el procedimiento más acorde con el tratamiento y jerarquía de
la red viaria, de manera que se encaucen hacia una red de drenaje, cuneta o
cauce de aguas próximo, prohibiéndose expresamente el uso de pozos filtrantes para las aguas residuales de otra naturaleza.
Se evitará también mediante las oportunas medidas en el proyecto de urbanización, los efectos contaminantes de las aguas pluviales sobre las zonas
verdes protegidas, especialmente las vaguadas.
Se considera recomendable la incorporación del agua de escorrentía al riego de
alcorques, áreas terrizas o cursos de agua próximos, bien a través de repartos
en la longitud de la red o por recogidas en los puntos bajos de la red viaria.
B.6. Los materiales y elementos a utilizar en la red viaria tendrán en cuenta las
necesidades de los usuarios con movilidad reducida y con deficiencias sensoriales teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el anexo al capítulo III del título VIII de la Ordenanza de Medio Ambiente: movilidad y
accesibilidad.
38.3. Vados permanentes: Los vados permanentes autorizados en las calles con separación de tránsitos deberán resolverse mediante rebaje de altura del bordillo, hasta una altura
máxima comprendida entre los 3 y 4 centímetros, y rampa con un desarrollo inferior a los 40
centímetros medidos desde el borde exterior del bordillo, recomendándose dejar 3/4 del ancho de la acera al mismo nivel de rasantes de la misma antes del establecimiento del vado, de
manera que no sufra variaciones en el tramo considerado el perfil longitudinal de la misma.
38.4. Canalizaciones de infraestructuras: Las canalizaciones de infraestructuras de
suministro de agua y red de saneamiento se situarán discurriendo por la red viaria y los espacios libres, siempre de dominio y uso público para evitar problemas de establecimiento
de servidumbres sobre fincas privadas.
Por causas de fuerza mayor, podrán atravesar espacios privados, que deberá constar en
el proyecto de arquitectura de la manzana o Estudio de Detalle, con la aprobación de los
particulares afectados.
38.5. Alumbrado público:
a) El alumbrado público podrá ser de brazo horizontal mural, o de báculo o columna
vertical colocado sobre la acera, espigones o medianas, siendo obligatoria la primera disposición cuando la distancia entre alineaciones en el punto considerado
sea inferior a cinco metros (5 m).
Los báculos o columnas verticales se colocarán con una separación mínima de 1,00
metros de las alineaciones oficiales.
b) Las luminarias serán preferentemente cerradas, armonizando su diseño y tamaño
con el emplazamiento función y altura de montaje.
Particularmente se atenderá a la escala de la intervención y a su unidad cinética,
integrando el conjunto en el paisaje y garantizando su compatibilidad con la protección de las zonas verdes, realzando los conjuntos vegetales mediante la combinación de luminarias de báculo, con iluminación indirecta o empotradas en el terreno, balizamientos en zonas peatonales, etc.
Pág. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 74
MARTES 28 DE MARZO DE 2023
—
BOCM-20230328-69
Mejor soluciones mixtas a uniformes: Por ejemplo, para zonas de
aparcamientos, combinación de hierba-hormigón, con losas tipo
“Checker Block”.
— Preferencia por los colores integrados sobre grises/ asfaltos.
— En particular, se prohíbe la utilización de asfalto para calles interiores
privadas, que señalen los Estudios de Detalle, o proyectos unitarios de
edificación.
B.3. Las aceras se ejecutarán con un tránsito suave hasta la calzada, bien con la
interposición de un bordillo resaltado, o bien con la configuración de encuentros al mismo nivel con distinta pendiente que garantice de esta forma
el encauzamiento de las aguas pluviales de escorrentía.
En el primer caso el desnivel entre acera y calzada no será mayor de 17 cm
ni menor de 12 cm, salvo en casos que se consideren excepcionales por la
circunstancia que concurra.
B.4. La pavimentación de las calzadas se hará teniendo en cuenta las condiciones
del soporte, las del tránsito que vaya a rodar sobre él.
B.5. Las tapas de arquetas, registros, etc., se dispondrán teniendo en cuenta el despiece y las juntas de los elementos del pavimento, nivelándolas con su plano.
Se admite la evacuación superficial de las aguas de lluvia, debiendo de habilitar a tal fin el procedimiento más acorde con el tratamiento y jerarquía de
la red viaria, de manera que se encaucen hacia una red de drenaje, cuneta o
cauce de aguas próximo, prohibiéndose expresamente el uso de pozos filtrantes para las aguas residuales de otra naturaleza.
Se evitará también mediante las oportunas medidas en el proyecto de urbanización, los efectos contaminantes de las aguas pluviales sobre las zonas
verdes protegidas, especialmente las vaguadas.
Se considera recomendable la incorporación del agua de escorrentía al riego de
alcorques, áreas terrizas o cursos de agua próximos, bien a través de repartos
en la longitud de la red o por recogidas en los puntos bajos de la red viaria.
B.6. Los materiales y elementos a utilizar en la red viaria tendrán en cuenta las
necesidades de los usuarios con movilidad reducida y con deficiencias sensoriales teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el anexo al capítulo III del título VIII de la Ordenanza de Medio Ambiente: movilidad y
accesibilidad.
38.3. Vados permanentes: Los vados permanentes autorizados en las calles con separación de tránsitos deberán resolverse mediante rebaje de altura del bordillo, hasta una altura
máxima comprendida entre los 3 y 4 centímetros, y rampa con un desarrollo inferior a los 40
centímetros medidos desde el borde exterior del bordillo, recomendándose dejar 3/4 del ancho de la acera al mismo nivel de rasantes de la misma antes del establecimiento del vado, de
manera que no sufra variaciones en el tramo considerado el perfil longitudinal de la misma.
38.4. Canalizaciones de infraestructuras: Las canalizaciones de infraestructuras de
suministro de agua y red de saneamiento se situarán discurriendo por la red viaria y los espacios libres, siempre de dominio y uso público para evitar problemas de establecimiento
de servidumbres sobre fincas privadas.
Por causas de fuerza mayor, podrán atravesar espacios privados, que deberá constar en
el proyecto de arquitectura de la manzana o Estudio de Detalle, con la aprobación de los
particulares afectados.
38.5. Alumbrado público:
a) El alumbrado público podrá ser de brazo horizontal mural, o de báculo o columna
vertical colocado sobre la acera, espigones o medianas, siendo obligatoria la primera disposición cuando la distancia entre alineaciones en el punto considerado
sea inferior a cinco metros (5 m).
Los báculos o columnas verticales se colocarán con una separación mínima de 1,00
metros de las alineaciones oficiales.
b) Las luminarias serán preferentemente cerradas, armonizando su diseño y tamaño
con el emplazamiento función y altura de montaje.
Particularmente se atenderá a la escala de la intervención y a su unidad cinética,
integrando el conjunto en el paisaje y garantizando su compatibilidad con la protección de las zonas verdes, realzando los conjuntos vegetales mediante la combinación de luminarias de báculo, con iluminación indirecta o empotradas en el terreno, balizamientos en zonas peatonales, etc.
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