A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230327-1)
Ley –  Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 73

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

Pág. 59

Artículo 71
Actuaciones de prevención
La Comunidad de Madrid y las entidades locales, directamente o en colaboración con
las entidades del tercer sector de acción social, priorizarán la prevención en sus políticas y
planes de actuación en relación con la infancia y adolescencia, especialmente en los ámbitos familiar, sanitario, educativo y de deporte, ocio y tiempo libre, entre otros, a través de
las siguientes medidas:
a) En el ámbito familiar:
1.a La promoción de la capacitación y el acompañamiento en el ejercicio de la
responsabilidad parental para que las familias sean entornos seguros, para
ejercer el cuidado y desarrollo de las capacidades del niño sin violencia, que
ofrece al hijo reconocimiento y orientación, incluyendo el establecimiento de
límites que permitan su pleno desarrollo, todo ello basado en el interés superior del niño y fortaleciendo su labor educativa y protectora.
2.a El apoyo específico a familias en riesgo o situación de pobreza y exclusión
social con niños a su cargo, mediante intervenciones técnicas de carácter
social o terapéutico y prestaciones destinadas a compensar sus carencias y necesidades, que estarán, en su caso, vinculadas al proyecto de intervención familiar.
a
3. El apoyo específico a las familias con hijos con discapacidad o con otro tipo
de necesidades especiales mediante programas de apoyo y respiro.
b) En el ámbito educativo:
1.a La consideración del acceso y la permanencia en el sistema educativo como
elementos esenciales de prevención.
2.a La apuesta por una educación inclusiva mediante el desarrollo de programas
de integración social y escolar de los niños con necesidades educativas especiales, dificultades socioeconómicas o con cualquier otra característica que
pueda entorpecer su integración y la adopción de medidas compensatorias
concretas dirigidas a los niños en riesgo o situación de exclusión social.
a
3. El apoyo extraescolar para favorecer el éxito educativo del alumnado, especialmente del social y económicamente más vulnerable.
4.a El desarrollo de recursos educativos especializados en la atención a niños con
necesidades educativas especiales, necesidades sociosanitarias y discapacidad.
5.a El fomento de la formación pre laboral y el apoyo a la inserción socio laboral
de los adolescentes.
6.a El apoyo a los padres en la educación y crianza de sus hijos mediante las escuelas de padres y madres u otros recursos de formación y acompañamiento
desde el ámbito escolar.
1.a Las actuaciones de prevención general:
La educación para la salud y las actuaciones para la prevención de las enfermedades infantiles.
2.a Las actuaciones para la prevención de situaciones de discapacidad en la infancia y la adolescencia, a través del desarrollo de programas que garanticen su
carácter universal, integral y reparador.
3.a La prevención de los accidentes, especialmente en el ámbito del hogar.
4.a La prevención del sobrepeso y la obesidad infantil, promoviendo hábitos de
vida saludables.
5.a La educación sanitaria a las familias en materia de salud y desarrollo infantil,
prevención de la enfermedad, promoción de la salud y el bienestar perinatal.
6.a La prevención y tratamiento de los problemas asociados a la salud mental,
trastornos de conducta, trastornos de la conducta alimentaria y adicciones,
previendo la dotación de recursos suficientes y especializados para la atención a la salud mental infantil.
7.a El desarrollo de programas de formación para la detección precoz y la asistencia de los niños que sufran cualquier tipo de violencia.

BOCM-20230327-1

c) En el ámbito sanitario y socio sanitario: