C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230327-11)
Convenio colectivo –  Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valeo España, S. A. U. (Factoría de Fuenlabrada) (Código número 28004982011987)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 73



Trabajar de forma coordinada con otros equipos en la resolución de problemas comunes.



Facilitar la integración en el Equipo del personal de nuevo ingreso y asegurar una transmisión permanente de conocimientos entre todos los miembros.



Las personas trabajadoras efectuarán las anotaciones oportunas que sean precisas para el
eficaz control y seguimiento tanto en cantidad como en calidad de los trabajos efectuados, a
través de los medios o soportes que en cada momento establezca la Dirección de la Compañía.



En general, cualquier tipo de competencia establecida en la normativa reguladora de las
Unidades Autónomas de Producción.
TÍTULO III
RÉGIMEN DE PERSONAL
CAPÍTULO I
CLASIFICACIÓN FUNCIONAL Y PROFESIONAL

Artículo 12.- Criterios de Clasificación.
Las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio estarán encuadradas en Divisiones
Funcionales y dentro de estas en Grupos Profesionales, atendiendo a sus aptitudes profesionales,
conocimientos, titulaciones y contenido general de la prestación que realicen, y a su vez dentro de
cada grupo profesional pueden establecerse distintos niveles retributivos en atención a la experiencia adquirida en el desempeño de las actividades propias del puesto de trabajo y de la polivalencia y policompetencia.
1.- Factores de encuadramiento: El encuadramiento de las personas trabajadoras incluidas en el
ámbito de aplicación del presente Convenio y, por consiguiente, la asignación de cada uno a un
determinado Grupo Profesional será el resultado de la conjunta ponderación de los siguientes
factores:


Conocimientos y Experiencia. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta, además de
la formación básica necesaria para cumplir correctamente los cometidos asignados, la experiencia adquirida específicamente en los procesos de producción de Valeo y en la fabricación de los distintos productos, así como la dificultad para la adquisición de dichos conocimientos y experiencias.



Iniciativa. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de seguimiento a normas o directrices para la ejecución de las tareas o funciones.



Autonomía. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de dependencia jerárquica en el desempeño de las tareas o funciones.



Responsabilidad. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de autonomía
de acción del titular de la función, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia
de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.



Mando. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de supervisión y ordenación de las funciones y tareas, la capacidad de interrelación, las características del colectivo
y el número de personas sobre las que se ejerce el mando.



Complejidad. Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.

Artículo 13.- Definición de Divisiones Funcionales.

Las Divisiones Funcionales, en que los trabajadores afectados por el presente Convenio quedarán
encuadrados, son las siguientes:
División Funcional I. Técnicos/as, Ingenieros/as y Licenciados/as.
Es el personal con alto grado de cualificación, experiencia y aptitudes equivalentes a las que se
pueden adquirir con titulaciones universitarias superiores y medias, realizando tareas de elevada
cualificación y complejidad.

BOCM-20230327-11

A efectos de aplicación de este Convenio se considerará como División Funcional el conjunto de
funciones y cometidos que por el carácter de su actividad dotan a un trabajo de diferenciación
frente a otros en naturaleza y contenido.