C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230327-11)
Convenio colectivo –  Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valeo España, S. A. U. (Factoría de Fuenlabrada) (Código número 28004982011987)
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 73

Y así sucesivamente.
Año 2023:


5 años de antigüedad: 37,54 euros



10 años de antigüedad: 75,09 euros



15 años de antigüedad: 112,63 euros



20 años de antigüedad: 150,18 euros



25 años de antigüedad: 225,26 euros



30 años de antigüedad: 262,81 euros



35 años de antigüedad: 300,35 euros



40 años de antigüedad: 337,90 euros



45 años de antigüedad: 375,44 euros

Y así sucesivamente.
Año 2024:


5 años de antigüedad: 38,11 euros



10 años de antigüedad: 76,21 euros



15 años de antigüedad: 114,32 euros



20 años de antigüedad: 152,43 euros



25 años de antigüedad: 228,64 euros



30 años de antigüedad: 266,75 euros



35 años de antigüedad: 304,86 euros



40 años de antigüedad: 342,97 euros



45 años de antigüedad: 381,07 euros

Y así sucesivamente.
La fecha que resulte como antigüedad a efectos de las percepciones indicadas anteriormente será
la que figurará en el recibo de nómina.
Las personas trabajadoras que su ingreso en la fábrica haya sido entre enero y junio los valores
correspondientes a los años de antigüedad se les abonarán desde el 1 de enero.
Las personas trabajadoras que su ingreso en la fábrica haya sido entre julio y diciembre los valores
correspondientes a los años de antigüedad les serán abonados desde el 1 de julio.
Al objeto del cálculo de la indemnización, la antigüedad se contabilizará desde el primer contrato
de trabajo suscrito en el Grupo Valeo, siempre que no haya habido una interrupción superior a un
mes entre dos contratos sucesivos.
Las personas trabajadoras que vengan de otras plantas del Grupo Valeo, tanto a los efectos de
percibir el complemento establecido para gratificar los años de servicio como para hallar el cálculo
de la indemnización, la antigüedad que se tendrá en cuenta será la correspondiente a su anterior
fábrica o planta del grupo Valeo según figurase en su n0mina.
32.3.- Plus de Nocturnidad.
Cada día que se trabaje en turno de noche más de 4 horas se abonará el plus turno de noche por
un valor de 21,40 € / día para el año 2022, a partir del 1 de enero de 2023 será de 21,72 €/día y a
partir del 1 de enero de 2024 será de 22,05 € / día.
Las bonificaciones se percibirán por hora trabajada al valor de 2,61 € / hora con un mínimo de
abono de 1,77 horas centesimales para el año 2022, a partir del 1 de enero de 2023 será de 2,65
€/día y a partir del 1 de enero de 2024 será de 2,69 € / día.
Por cada día que se cumpla el horario de 22 horas a 23,07 horas centesimales dentro del turno de
tarde se abonará el plus de tarde siendo su valor de 4,62 € / día para el año 2022, a partir del 1 de
enero de 2023 será de 4,69 €/día y a partir del 1 de enero de 2024 será de 4,76 € / día.

BOCM-20230327-11

En el supuesto de que en dicho turno de noche se trabajase más de 1 hora sin exceder de 4 horas,