C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230327-15)
Bases subvenciones –  Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU”, en 2023
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B.O.C.M. Núm. 73

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

b) Certificado de que la entidad está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad
Social, expedida a efectos generales o de obtención de subvenciones. No se admitirá la emitida para cualquier otra finalidad.
c) Certificación de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid
acreditativa de no existencia de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid. Dicho documento se solicitará directamente por el órgano
instructor a la Consejería de Hacienda. Igualmente, se considerarán cumplidas las
anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de su impugnación. Dichas circunstancias deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la
suspensión.
d) Los solicitantes deberán acreditar estar dados de alta en el correspondiente epígrafe de actividades empresariales o profesionales relacionados con las actividades
objeto de la presente convocatoria y, en su caso, último recibo pagado o certificado de exención o declaración responsable de que la cifra de negocios en el ejercicio fiscal anterior ha sido inferior a 1.000.000 de euros.
e) Inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
estatal de Administración Tributaria que debe reflejar la actividad económica
efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
7. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Anexo I).
8. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo II) y que contiene:
1. En caso de ser el solicitante una persona física o entidad jurídica privada, declara
ser una PYME en los términos previstos por el artículo 2 del anexo I del Reglamento
(UE) 651/2014.
2. Que la entidad solicitante tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar en
el ámbito de las actuaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 3 de la presente orden.
3. Que tiene su residencia fiscal permanente en territorio español y que desarrolla su
actividad económica en la Comunidad de Madrid.
4. Que no es una empresa en crisis, ni tiene pendiente de devolver una ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea, en los términos previstos por los artículos 2.18 y 1.4 del
Reglamento (UE) 651/2014.
5. Que no está incurso en alguna de las circunstancias que se contemplan en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiario de ayudas públicas.
6. Que no es deudor por procedencia de reintegro en la Comunidad de Madrid, ni tiene
pendiente de justificar ninguna otra ayuda en el ámbito cultural en la Comunidad de Madrid.
7. Que está al corriente de pago de las obligaciones tributarias y a la Seguridad
Social, según lo establecido en la normativa vigente.
8. Que se compromete a la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), entre las que se encuentra el principio de no causar
un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
9. Que cumple las obligaciones derivadas del etiquetado climático y digital correspondiente a las presentes ayudas.
10. Que se compromete al cumplimiento de los principios transversales establecidos
en artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
11. Que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente y que son
ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta y asume la correspondiente responsabilidad (Artículo 28.7 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas).
9. Declaración de ausencia de conflicto de intereses, incluyendo el compromiso de
lucha contra el fraude y de todas las medidas antifraude establecidas en la normativa
europea, nacional y autonómica (Anexo III).

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BOCM-20230327-15

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