C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-25)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 612/2023, de 10 de marzo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ente Público Canal de Isabel II para la concesión directa de ayudas en especie, a partir de 2023, para la renovación de las infraestructuras hidráulicas de alcantarillado en municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de Madrid
5 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

Según el estudio económico previo elaborado por la Subdirección de Coordinación Municipal y Planeamiento de Canal de Isabel II, S. A., M. P., la inversión total estimada para la
renovación de la red de alcantarillado en los 25 municipios de menos de 2.500 habitantes que
son potenciales beneficiarios de la subvención regulada en el presente Plan Estratégico asciende a 88,71 millones de euros, lo que supone una repercusión de 2.732 euros/habitante, mientras que, en los municipios adheribles al Plan Sanea con población superior a 2.500 habitantes,
la inversión estimada para la renovación de la red de alcantarillado asciende a 1.577,74 millones de euros, lo que supone una repercusión de 664 euros/habitante.
Tomando como referencia los datos de este estudio, y con el objeto de garantizar la prestación de un servicio de equivalente calidad y condiciones económicas para los usuarios con
independencia de su localización geográfica, se requiere un aporte de recursos económicos
para la financiación de las obras en los 25 municipios identificados, como complemento a la
cuota suplementaria que se pudiera repercutir, de un 76 por 100 del coste de las obras.
La renovación de la red de alcantarillado de los 25 municipios, con cargo a Canal de
Isabel II, por un importe equivalente al 76 por 100 del coste de las obras, supondrá que el
coste medio que tendrán que soportar sus habitantes estará en torno a los 674 euros/habitante, equiparándose el esfuerzo económico a realizar al de los restantes ciudadanos de la
Comunidad de Madrid.
Las subvenciones contempladas en el presente Plan Estratégico, cuyo principal objetivo es garantizar un servicio de alcantarillado en igualdad de condiciones en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, se configuran como ayudas en especie, de conformidad
con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003 y se concederán en régimen de concesión directa, conforme lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, al
concurrir razones de interés público y social.
La concesión de las ayudas se instrumentará mediante la suscripción de los correspondientes convenios, a partir de la anualidad 2023, en aplicación de lo establecido en el apartado 3.o del artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, al encontrarse estos singularizados.
La ayuda en especie consistirá en la ejecución y entrega al beneficiario de las infraestructuras hidráulicas de alcantarillado previstas en su Plan Director de alcantarillado
con prioridad 1 y 2, que se enumeren en el convenio por el que se instrumente la concesión
de la subvención.
Con estas subvenciones se está promoviendo:
(i) Garantizar un servicio de alcantarillado en igualdad de condiciones en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
(ii) Renovar las infraestructuras de alcantarillado de los municipios de menos de
2.500 habitantes que mejorarán la calidad del servicio prestado a los ciudadanos.
(iii) Incentivar y facilitar el arraigo poblacional a través de la mejora de las infraestructuras hidráulicas de alcantarillado de dichos municipios.
(iv) Fomentar el cuidado y mejora del medio ambiente, pues la renovación de las redes de alcantarillado repercute directamente en una reducción de la contaminación y el deterioro ambiental, así como en la mejora de la calidad de vida de la
población de dichos municipios.
Dichos efectos contribuyen a alcanzar los objetivos contenidos en la “Estrategia para
revitalizar los municipios rurales de la Comunidad de Madrid”, puesta en marcha por el Gobierno Regional en 2018, dirigida a los municipios de menos de 2.500 habitantes, con el fin
de incentivar y facilitar el arraigo poblacional en localidades rurales y mejorar la calidad de
vida de sus vecinos.
Los potenciales beneficiarios de la ayuda, que se encuentran singularizados, son los municipios de la Comunidad de Madrid que, siendo accionistas de Canal de Isabel II, S. A., M. P.,
hayan suscrito un convenio para la prestación del servicio de alcantarillado con Canal de Isabel II y su población, con respecto al dato publicado por el INE correspondiente al 1 de enero
del año 2020, sea inferior a 2.500 habitantes.
En primer lugar, los beneficiarios son municipios de menos de 2.500 habitantes para,
de este modo, continuar la línea marcada por la “Estrategia para revitalizar los municipios
rurales de la Comunidad de Madrid”.
Asimismo, es necesario que el municipio beneficiario haya suscrito un convenio para
la prestación del servicio de alcantarillado, mediante el cual se haya encomendado a Canal
de Isabel II la gestión de este servicio.
Por último, se trata de municipios incorporados como accionistas al modelo de gestión
de Canal de Isabel II, ya que de este modo queda garantizada la estabilidad y permanencia

Pág. 121

BOCM-20230323-25

BOCM