C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230318-1)
Convenio colectivo – Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa DHL Parcel Iberia, S. L. U., en la Comunidad de Madrid, con C. C. C. 28253119975 (código número 28102511012019)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 66
SÁBADO 18 DE MARZO DE 2023
Pág. 33
7.1.2. Adaptación del puesto
La persona trabajadora es la que va a decidir dónde teletrabajar y si adoptar o no las medid as
preventivas previstas. En estos entornos de trabajo, las actuaciones del Servicio de Preve nción están condicionadas por la posible autorización de acceso al domicilio del empleado/a en
caso de ser necesario.
DHL PARCEL IBERIA, S.L.U., asegurará que la persona trabajadora pueda adaptar con recursos una de las ubicaciones determinadas para teletrabajar, en caso de que dicha persona
utilice varias ubicaciones deberá de movilizar los recursos para el cumplimiento normativo de
Prevención de riesgos laborales.
Cualquier equipo se entregará físicamente en los centros de trabajo de DHL PARCEL IBERIA,
S.L.U., será a cargo de la persona trabajadora su traslado a sus residencias.
7.1.3. Accidentes laborales
La persona trabajadora tiene la obligación de comunicar por escrito al Departamento de
RRHH con copia al responsable, las ubicaciones donde va a desarrollar el trabajo en remoto
de forma habitual
Toda ubicación no notificada podría no estar cubierta en caso de accidentes laborales.
En caso de accidente, la persona trabajadora deberá comunicarlo en cuanto le sea posible al servicio de prevención y seguir las indicaciones que éste señale. En el momento de notificación por
parte del/a empleado/a, el equipo de prevención de riesgos laborales contactará para conocer los
detalles y naturaleza del accidente.
Si fuese necesario, y previa autorización de la persona trabajadora, se visitará el lugar de
teletrabajo, autorizado por la misma, emitiendo informe de dicha necesidad y en caso de no
obtenerse permiso para la visita, proceder a la investigación con la información recabada
hasta el momento. Posteriormente se se comunicará la investigación del accidente realizada,
a la persona afectada y a las/los Delegados de Prevención.
Para tener cobertura de la Mutua de Accidentes del Trabajo, el trabajo a distancia tendrá que
realizarse dentro del territorio nacional .
7.2. Requisitos de conectividad
La base del modelo de teletrabajo es que la persona trabajadora se pueda conectar remot amente fuera de su centro de trabajo. Si la ubicación desde la cual está teletrabajando tiene
mala conectividad, la persona trabajadora tendrá que cambiar de ubicación o reincorporarse a
su centro de trabajo.
Es responsabilidad de la persona trabajadora contar con los medios de conexión necesarios
para poder desempeñar el trabajo a distancia. Por lo tanto, si sufre alguna incidencia técnica
significativa imputable a su conexión, que la impida realizar su trabajo, con carácter general,
debe continuar con su jornada acudiendo al centro de trabajo o en caso de no poder acudir al
mismo, recuperar las horas que haya dejado de realizar.
7.3. Requisitos de distancia
En caso de necesidad, la persona trabajadora que esté teletrabajando deberá de estar en
disposición de reincorporarse a su centro de trabajo en un plazo máximo de 24 horas, dentro
del territorio nacional.
La persona trabajadora que preste servicios en la modalidad de teletrabajo no verá modificada
su distribución de jornada, respetando en todo momento los límites horarios de la organización (incluyendo los descansos establecidos por la compañía), y los acuerdos especiales individuales o colectivos que le sean de aplicación; requiriéndole, un 100% de disponibilidad de ntro del horario laboral. Por lo tanto, al igual que en trabajo presencial en oficinas, se cumplirán
el número de horas anual establecido para cada año y se regirá por el calendario del centro
de trabajo al que se está adscrito.
Este horario se reflejará en el contrato de teletrabajo regular con la person a trabajadora.
El horario en Teletrabajo será compatible con los permisos y medidas de conciliación establ ecidos en la empresa.
BOCM-20230318-1
8. Horario
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 66
SÁBADO 18 DE MARZO DE 2023
Pág. 33
7.1.2. Adaptación del puesto
La persona trabajadora es la que va a decidir dónde teletrabajar y si adoptar o no las medid as
preventivas previstas. En estos entornos de trabajo, las actuaciones del Servicio de Preve nción están condicionadas por la posible autorización de acceso al domicilio del empleado/a en
caso de ser necesario.
DHL PARCEL IBERIA, S.L.U., asegurará que la persona trabajadora pueda adaptar con recursos una de las ubicaciones determinadas para teletrabajar, en caso de que dicha persona
utilice varias ubicaciones deberá de movilizar los recursos para el cumplimiento normativo de
Prevención de riesgos laborales.
Cualquier equipo se entregará físicamente en los centros de trabajo de DHL PARCEL IBERIA,
S.L.U., será a cargo de la persona trabajadora su traslado a sus residencias.
7.1.3. Accidentes laborales
La persona trabajadora tiene la obligación de comunicar por escrito al Departamento de
RRHH con copia al responsable, las ubicaciones donde va a desarrollar el trabajo en remoto
de forma habitual
Toda ubicación no notificada podría no estar cubierta en caso de accidentes laborales.
En caso de accidente, la persona trabajadora deberá comunicarlo en cuanto le sea posible al servicio de prevención y seguir las indicaciones que éste señale. En el momento de notificación por
parte del/a empleado/a, el equipo de prevención de riesgos laborales contactará para conocer los
detalles y naturaleza del accidente.
Si fuese necesario, y previa autorización de la persona trabajadora, se visitará el lugar de
teletrabajo, autorizado por la misma, emitiendo informe de dicha necesidad y en caso de no
obtenerse permiso para la visita, proceder a la investigación con la información recabada
hasta el momento. Posteriormente se se comunicará la investigación del accidente realizada,
a la persona afectada y a las/los Delegados de Prevención.
Para tener cobertura de la Mutua de Accidentes del Trabajo, el trabajo a distancia tendrá que
realizarse dentro del territorio nacional .
7.2. Requisitos de conectividad
La base del modelo de teletrabajo es que la persona trabajadora se pueda conectar remot amente fuera de su centro de trabajo. Si la ubicación desde la cual está teletrabajando tiene
mala conectividad, la persona trabajadora tendrá que cambiar de ubicación o reincorporarse a
su centro de trabajo.
Es responsabilidad de la persona trabajadora contar con los medios de conexión necesarios
para poder desempeñar el trabajo a distancia. Por lo tanto, si sufre alguna incidencia técnica
significativa imputable a su conexión, que la impida realizar su trabajo, con carácter general,
debe continuar con su jornada acudiendo al centro de trabajo o en caso de no poder acudir al
mismo, recuperar las horas que haya dejado de realizar.
7.3. Requisitos de distancia
En caso de necesidad, la persona trabajadora que esté teletrabajando deberá de estar en
disposición de reincorporarse a su centro de trabajo en un plazo máximo de 24 horas, dentro
del territorio nacional.
La persona trabajadora que preste servicios en la modalidad de teletrabajo no verá modificada
su distribución de jornada, respetando en todo momento los límites horarios de la organización (incluyendo los descansos establecidos por la compañía), y los acuerdos especiales individuales o colectivos que le sean de aplicación; requiriéndole, un 100% de disponibilidad de ntro del horario laboral. Por lo tanto, al igual que en trabajo presencial en oficinas, se cumplirán
el número de horas anual establecido para cada año y se regirá por el calendario del centro
de trabajo al que se está adscrito.
Este horario se reflejará en el contrato de teletrabajo regular con la person a trabajadora.
El horario en Teletrabajo será compatible con los permisos y medidas de conciliación establ ecidos en la empresa.
BOCM-20230318-1
8. Horario