D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230309-33)
Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2023, entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior), para la colaboración en materia de emergencias y otros incidentes radiológicos
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BOCM
Pág. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
jo de Gobierno por el que se establece su estructura, entre otras las competencias relativas
a interior. Dentro de dicha materia se incluyen las competencias en materia de protección
civil y coordinación de emergencias.
4. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ejerce a través de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 las competencias atribuidas en el artículo 21.1 del Decreto 191/2021,
de 3 de agosto. En particular las de coordinación de los servicios operativos pertenecientes
a la Comunidad de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión
de emergencias, la atención de llamadas al número único europeo 112, el impulso y seguimiento de los procedimientos de actuación conjunta de los diferentes servicios de emergencia que actúan en la Comunidad de Madrid, la coordinación operativa de los grupos de acción movilizados en aplicación de planes, de competencia autonómica, en materia de
protección civil.
5. El organismo autónomo Madrid 112, adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, ejerce las funciones de atención de llamadas de urgencia, a
través del número telefónico único 112 establecidas en la Ley 25/1997, de Regulación del
Servicio de Atención de Urgencias 1-1-2.
6. La Comunidad de Madrid aprobó su instrumento de previsión en materia de riesgo radiológico por Acuerdo de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo Radiológico de la Comunidad de Madrid (en adelante RADCAM).
7. Ambas partes consideran de interés estrechar la colaboración en el ámbito de las
competencias atribuidas y los instrumentos de planificación ante emergencias de carácter
extraordinario aprobados, fomentando un intercambio de información y prácticas que redunde en una mejora del servicio público que prestan, y que incluya aquellos incidentes de
carácter ordinario que no impliquen la activación del RADCAM, contenido en el Acuerdo
de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno.
Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
La Comunidad de Madrid y el CSN establecen como objeto del presente convenio fomentar el intercambio de información, experiencia, conocimientos y la colaboración en las
actuaciones para el desempeño de sus respectivas funciones y competencias en materia de
incidentes, sucesos y actuaciones que conlleven un riesgo radiológico. En concreto:
Segunda
Obligaciones del consejo de seguridad nuclear
En desarrollo del objeto de este convenio el CSN se compromete a:
a) Informar a la Comunidad de Madrid a través del teléfono 112 sobre cualquier incidente que comporte un riesgo radiológico en el ámbito de sus competencias.
BOCM-20230309-33
— El establecimiento de mecanismos de comunicación e intercambio de información específicos en incidentes, sucesos y actuaciones que impliquen un riesgo radiológico.
— La actuación conjunta en estudios, ejercicios, simulacros y cualquier otra actividad que consideren necesaria para implementar el RADCAM.
— La cooperación en la formación técnica especifica del personal de ambas partes, permitiendo la participación de sus miembros en las tareas formativas desarrolladas.
— El intercambio de información relativa a instalaciones, actividades y situaciones
de riesgo radiológico para los habitantes o el medio ambiente de la Comunidad de
Madrid, estableciendo y manteniendo operativos los canales y sistemas de comunicación que sean precisos para hacerlo en el menor tiempo posible.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
jo de Gobierno por el que se establece su estructura, entre otras las competencias relativas
a interior. Dentro de dicha materia se incluyen las competencias en materia de protección
civil y coordinación de emergencias.
4. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ejerce a través de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 las competencias atribuidas en el artículo 21.1 del Decreto 191/2021,
de 3 de agosto. En particular las de coordinación de los servicios operativos pertenecientes
a la Comunidad de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión
de emergencias, la atención de llamadas al número único europeo 112, el impulso y seguimiento de los procedimientos de actuación conjunta de los diferentes servicios de emergencia que actúan en la Comunidad de Madrid, la coordinación operativa de los grupos de acción movilizados en aplicación de planes, de competencia autonómica, en materia de
protección civil.
5. El organismo autónomo Madrid 112, adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, ejerce las funciones de atención de llamadas de urgencia, a
través del número telefónico único 112 establecidas en la Ley 25/1997, de Regulación del
Servicio de Atención de Urgencias 1-1-2.
6. La Comunidad de Madrid aprobó su instrumento de previsión en materia de riesgo radiológico por Acuerdo de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo Radiológico de la Comunidad de Madrid (en adelante RADCAM).
7. Ambas partes consideran de interés estrechar la colaboración en el ámbito de las
competencias atribuidas y los instrumentos de planificación ante emergencias de carácter
extraordinario aprobados, fomentando un intercambio de información y prácticas que redunde en una mejora del servicio público que prestan, y que incluya aquellos incidentes de
carácter ordinario que no impliquen la activación del RADCAM, contenido en el Acuerdo
de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno.
Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
La Comunidad de Madrid y el CSN establecen como objeto del presente convenio fomentar el intercambio de información, experiencia, conocimientos y la colaboración en las
actuaciones para el desempeño de sus respectivas funciones y competencias en materia de
incidentes, sucesos y actuaciones que conlleven un riesgo radiológico. En concreto:
Segunda
Obligaciones del consejo de seguridad nuclear
En desarrollo del objeto de este convenio el CSN se compromete a:
a) Informar a la Comunidad de Madrid a través del teléfono 112 sobre cualquier incidente que comporte un riesgo radiológico en el ámbito de sus competencias.
BOCM-20230309-33
— El establecimiento de mecanismos de comunicación e intercambio de información específicos en incidentes, sucesos y actuaciones que impliquen un riesgo radiológico.
— La actuación conjunta en estudios, ejercicios, simulacros y cualquier otra actividad que consideren necesaria para implementar el RADCAM.
— La cooperación en la formación técnica especifica del personal de ambas partes, permitiendo la participación de sus miembros en las tareas formativas desarrolladas.
— El intercambio de información relativa a instalaciones, actividades y situaciones
de riesgo radiológico para los habitantes o el medio ambiente de la Comunidad de
Madrid, estableciendo y manteniendo operativos los canales y sistemas de comunicación que sean precisos para hacerlo en el menor tiempo posible.