San Martín de la Vega (BOCM-20230307-78)
Organización y funcionamiento. Reglamento punto limpio
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 56

Art. 16. Carga, transporte y entrega.—1. Las operaciones de manipulación de los
contenedores, carga, transporte y depósito se llevarán a cabo a través de los procedimientos existentes, elaborados a partir de lo establecido en la normativa de seguridad y prevención laboral, así como en la normativa específica en materia de residuos, atendiendo al
máximo cuidado para no poner en peligro la salud humana o afección al medio ambiente;
reduciendo al máximo los riesgos de afección al agua, aire o suelo, así como a la fauna o
flora.
2. Solo se entregarán los residuos a gestores y transportistas autorizados establecidos por los servicios técnicos. En caso de duda, se deberá consultar siempre a los responsables si dicho gestor o transportista está autorizado.
3. La gestión documental se hará de acuerdo con los procedimientos establecidos en
la legislación de aplicación, así como en el resto de la normativa de desarrollo y documentación interna.
La notificación previa de traslado de residuos peligrosos, según lo establecido en el
Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, se gestionará conforme a lo establecido por el área competente de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, pudiéndose delegar esta comunicación al gestor autorizado, previo acuerdo entre ambas partes.
4. Las operaciones de carga y descarga de los contenedores serán a cargo del transportista, quien velará de evitar derrames y mezclas, así como asegurar que las instalaciones
y/o vías y espacios públicos, permanecen limpias.
5. En cada una de las entregas, se elaborará un albarán como justificante de los residuos retirados, así como el número de recipientes y en los casos que sea posible, la cantidad de residuos entregada. Esta documentación será enviada a los servicios técnicos para
su validación, archivo y custodia.
6. Para asegurar la trazabilidad del residuo se deberán gestionar, según los trámites
y formatos establecidos por la administración municipal, autonómica y estatal, la documentación legal establecida.
7. El transportista, una vez retirado el residuo, deberá entregar los recipientes vacíos
que tenga en su poder en condiciones adecuadas de limpieza y uso.
Art. 17. Incidencias.—1. En caso de ocurrir una incidencia o imprevisto en relación a la gestión de los residuos, el personal de la instalación lo comunicará inmediatamente al responsable, a fin de que este tome las medidas oportunas y pueda informar de ello a
sus superiores y en su caso, si fuera pertinente, al Ayuntamiento o a las instituciones o autoridades pertinentes.
2. En caso de producirse fugar, derrames o vertidos de residuos fuera de sus recipientes, el personal de la instalación se encarga de su recogida siguiendo el protocolo establecido en las fichas de seguridad de cada producto. En el caso de derrames de residuos líquidos, se deberá hacer uso del material absorbente, así como los medios de retención
disponibles para impedir la afección al alcantarillado y la vía pública.
3. Los residuos generados en estas operaciones de limpieza y contención de efluentes serán depositados y gestionados inmediatamente conforme a la legislación vigente,
atendiendo a la naturaleza y cantidad de residuos generados.
Art. 18. Trazabilidad de los residuos.—Se deberá asegurar la trazabilidad de los residuos en todo momento mediante la documentación correspondiente, siendo la empresa
adjudicataria del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos, limpieza
viaria y gestión del Punto Limpio, la responsable para la correcta gestión de los mismos.
Para ello:
1. Los residuos se entregarán exclusivamente a un gestor autorizado para su transporte, valorización o eliminación, actuando según el marco legal vigente.
2. El Ayuntamiento será el titular de los correspondientes contratos de tratamiento
de las diferentes fracciones de residuos.
3. En las instalaciones del Punto Limpio se dispondrá de los documentos de identificación de cada residuo y su gestor autorizado.
Art. 19. Documentación.—1. En las instalaciones del Punto Limpio estará disponible una copia del presente Reglamento, con objeto de posibilitar su consulta a cualquier
usuario que lo solicite.
2. Para el control del acceso de los usuarios y de los residuos entregados al Punto
Limpio, el operario rellenará un registro con la información básica necesaria para la correcta gestión del servicio. La información recopilada de los usuarios será exclusivamente para
uso interno sin comunicarlo a terceros acorde a la Ley vigente en la protección de datos.

BOCM-20230307-78

BOCM