San Martín de la Vega (BOCM-20230307-78)
Organización y funcionamiento. Reglamento punto limpio
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B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MARZO DE 2023

dé servicio el Punto Limpio. La vinculación con el municipio se debe demostrar a través de
documentación acreditativa.
6. Residuo: cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar.
7. Residuo peligroso: residuo que presenta una o varias de las características de peligrosidad enumeradas en el Anexo I de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular y aquel que sea calificado como residuo peligroso por el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa de la Unión Europea
o en los convenios internacionales de los que España sea parte. También se comprenden en
esta definición los recipientes y envases que los hayan contenido.
8. Residuos domiciliarios o domésticos: los generados en las viviendas particulares
como consecuencia de la actividad cotidiana.
9. Residuos urbanos o municipales: residuos recogidos de forma separada de origen
doméstico, incluidos papel y cartón, vidrio, metales, plásticos, biorresiduos, madera, textiles, envases, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, residuos de pilar y acumuladores y residuos voluminosos, incluidos los colchones y los muebles. Así como los residuos
mezclados y los residuos recogidos de forma separada procedentes de otras fuentes (comercios, oficinas y servicios, así como industriales no peligrosos) cuando esos residuos sean similares en naturaleza y composición a los residuos de origen doméstico.
10. Residuos industriales: residuos resultantes de los procesos de fabricación, de
transformación, de utilización, de consumo, de limpieza o de mantenimiento generados por
la actividad industrial, y que por su forma de generarse o por sus características no cabe asimilarlos a urbanos.
Art. 4. Objetivos.—1. El Punto Limpio tiene como objetivo fundamental servir
como lugar de aportación voluntaria para el depósito de residuos especiales de origen domiciliario, y así facilitar su gestión posterior, evitando el vertido de residuos que no pueden
ser entregados en los recintos de aportación en vía pública de recogida convencional establecidos por los servicios municipales debido a su naturaleza, tamaño o cantidad.
2. Los objetivos principales del Punto limpio son los siguientes:
a) Ofrecer un servicio gratuito y adecuado para la recogida de residuos especiales
que se generan en el ámbito domiciliario y garantizar su correcta gestión.
b) Potenciar la recogida selectiva de residuos para conseguir alargar al máximo su
vida útil, destinándolos a la reparación o reutilización y aquellos componentes o
residuos, que no puedan ser aprovechados, serán entregados a gestores autorizados para su valorización, con el consiguiente ahorro energético y recuperación de
materias primas siguiendo los principios de la Economía Circular y minimizando
así el volumen de residuos destinados a la eliminación.
c) Evitar el vertido incontrolado en el medio natural y urbano del término municipal
de San Martín de la Vega de residuos peligrosos domiciliarios, escombros, residuos voluminosos y otros y fracciones que no pueden ser gestionadas a través de
los recintos convencionales de recogida de residuos ubicados en la vía pública.
d) Buscar la mejor solución para cada tipo de residuos con el objetivo de conseguir la
máxima valorización de los materiales y el mínimo coste en la gestión global.
e) Recoger selectivamente residuos que, por su naturaleza, supongan un riesgo adicional para la salud humana y el medio ambiente si se gestionaran conjuntamente
con el resto de residuos municipales o bien, fueran abandonados en el entorno urbano o en el medio natural.
f) Servir como recurso educativo y sensibilizador para la comunidad educativa y del
resto de la población.
Art. 5. Tipología de residuos.—1. En las instalaciones del Punto Limpio solo se
admitirán los residuos urbanos generados en los domicilios particulares o asimilados, tales
como pequeños comercios, oficinas y servicios.
2. Con carácter general, en las instalaciones del Punto Limpio se admitirán los siguientes residuos:
— No peligrosos: papel y cartón, vidrio, ropa, tejidos y calzado usado, envases ligeros (plástico, latas y brick, etc.), aceite doméstico y grasas vegetales, enseres y
muebles voluminosos, colchones, ropa y calzado usados, residuos de fotografías,
residuos de radiografías, escombros, plásticos voluminosos, metales y chatarra,
tapones de plástico de recipientes domésticos, jardinería y resto de poda (residuos
vegetales), madera, metales férricos y otros metales, aluminio y cobre.

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