A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230306-1)
Creación y regulación Aceleradora de Inversiones –  Decreto 15/2023, de 1 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 55

Por la envergadura de los proyectos de inversiones que canalizará la Aceleradora, se
entiende que los promotores deben tener una capacidad económica y técnica elevada, con
acceso a los medios electrónicos necesarios. Por este motivo, se establece la tramitación telemática tanto para las personas físicas como para las jurídicas, durante todas las fases del
procedimiento.
El Decreto se estructura en una parte expositiva y en una dispositiva en los que se regula el objeto y naturaleza de la Aceleradora, su finalidad, composición, funcionamiento,
funciones, definición y procedimiento para declarar un proyecto de especial interés y efectos de la declaración. Respecto a los proyectos de especial interés, se definen principalmente en función de criterios de inversión y empleo, así como de otras características que decidirán su calificación, teniendo en cuenta la contribución a la transición digital o ecológica,
su valor añadido, la calidad del empleo creado, la repercusión o el impacto en la cohesión
territorial y el desarrollo socioeconómico de la Comunidad de Madrid, entre otros. En cuanto a las disposiciones adicionales y finales, se establece la cooperación interadministrativa
con las entidades locales, la modificación del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, las habilitaciones y la entrada en vigor del Decreto. Incluye dos
anexos, el modelo de solicitud y contenido de la memoria.
Este proyecto normativo es coherente con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como por lo establecido en
el artículo 2 del Decreto 52/2021 de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid, respondiendo a los principios de necesidad y
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
El Decreto cumple con el principio de necesidad y eficacia, puesto que la creación de
la Aceleradora responde al interés general de desarrollo económico, siendo su finalidad facilitar la tramitación de los proyectos que supongan un mayor volumen de inversión, una
mayor creación de puestos de trabajo y generación de valor añadido para la economía de la
Comunidad de Madrid. En este sentido, la creación de esta figura es el instrumento más adecuado para acelerar los proyectos de inversión.
Por otra parte, se cumple con el principio de proporcionalidad, pues la norma contiene
la regulación imprescindible para atender los objetivos que se persiguen, no existiendo otras
medidas menos restrictivas o que supongan un menor coste y uso de recursos públicos.
Se cumple también con el principio de seguridad jurídica, puesto que el contenido del
Decreto es conforme al ordenamiento estatal y autonómico en la materia. Igualmente, es
acorde con el principio de transparencia, puesto que se realiza el trámite de consulta pública y el de audiencia e información pública.
Finalmente, se atiende al principio de eficiencia, toda vez que el procedimiento que se
establece es opcional para los promotores de proyectos de inversión y se minimiza la documentación que deben presentar los interesados, siendo esta la imprescindible para identificar el proyecto y comprender su envergadura.
Para la elaboración de este decreto se han solicitado los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de los impactos sociales de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, de las secretarías
generales técnicas de las consejerías, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo y el informe de la Abogacía General.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, de acuerdo
con la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de marzo de 2023,

Artículo 1
Objeto y naturaleza
1. El presente decreto tiene por objeto la creación de la Aceleradora de Inversiones
de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Aceleradora), así como la regulación de sus fines, funciones, composición, organización y funcionamiento.

BOCM-20230306-1

DISPONE