D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230303-51)
Convenio –  Convenio de 13 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español, para la colaboración en la realización del Proyecto “Relevo Paralímpico”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 168

VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

e) Facilitar, en su caso, al CPE material divulgativo de los programas deportivos que
la Comunidad de Madrid realiza en relación con la población con discapacidad, en
particular, de los programas “Activa tu capacidad” y “Madrid Comunidad Inclusiva”, así como de cualesquiera otras actividades que se desarrollen en relación
con dicho colectivo.
Quinta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse de un proyecto destinado a fomentar el deporte paralímpico de competición, de interés público deportivo, la Comunidad de Madrid abonará al CPE un importe
máximo de 40.000 euros, IVA y cualquier otro gasto e impuestos incluidos, que se imputará al subconcepto 22802 “Convenios con Instituciones sin Fines de Lucro”, del Programa 336A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, y condicionado a la efectiva realización del objeto del presente Convenio.
Esta cantidad máxima se corresponde con los siguientes conceptos de gasto, pudiendo
sufragar cualquiera de los gastos correspondientes a las obligaciones que asume el CPE directamente relacionados con el desarrollo del programa, y que se desglosan a continuación,
junto a sus importes estimados:
IMPORTE
(IVA INCLUIDO)

CONCEPTO
Coordinador

18.750,00 €

Honorarios del equipo pluridisciplinar

6.750,00 €

Material de difusión

3.700,00 €

Camisetas

1.580,00 €

Transporte

2.888,00 €

Material deportivo jornadas detección

3.720,00 €

Profesorado charlas

3.200,00 €
TOTAL

40.588,00 €

La cantidad máxima prevista se destinará a abonar los gastos de los conceptos anteriormente señalados. Pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo
del Proyecto existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre las cantidades
previstas inicialmente para cada apartado, derivadas de circunstancias imprevistas o de la
necesidad sobrevenida de material u otros gastos indispensables para el adecuado desarrollo del mismo, la distribución de los gastos a realizar por el CPE será flexible en el marco
de las obligaciones recogidas en la estipulación segunda, siempre que quede justificada su
necesidad, sean gastos imputables a los conceptos relacionados en esta estipulación y no
excedan de la cifra máxima de gasto.
Asimismo, cualquier cambio en la actividad prevista que afecte al coste de la misma y
a la justificación posterior del gasto, deberá ser previamente autorizado por la Comisión de
Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio.
Sexta
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes,
en función de la justificación del gasto que el CPE deberá presentar antes del 15 de diciembre de 2023, y que incluirá la cuenta justificativa de los costes sufragados para el desarrollo del programa recogidos en el desglose de gastos anteriormente indicado. Asimismo, se
presentará una memoria explicativa de la actividad desarrollada en ejecución del programa.
Además, el CPE presentará justificación documental de todos los gastos recogidos en
la cuenta justificativa, los cuales se acreditarán mediante facturas y demás documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil y que se corresponderán con los conceptos de gasto de la estipulación quinta, teniendo en cuenta que los costes reales podrían variar o reflejarse conceptos que no habían sido tenidos en cuenta inicialmente, aunque en ningún caso podrán tenerse en cuenta gastos que no estén directamente
relacionados con el desarrollo del programa.
Una vez revisada y considerada conforme a lo previsto en este Convenio la justificación de gastos presentada por el CPE, se procederá al pago de la cantidad correspondiente,
en un único pago.

BOCM-20230303-51

Justificación del gasto y pago