D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230303-51)
Convenio –  Convenio de 13 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español, para la colaboración en la realización del Proyecto “Relevo Paralímpico”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

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e) En su condición de organizador y ejecutor del Proyecto, el CPE será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil,
laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en el Proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el Proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo
del presente Convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
f) El CPE se responsabilizará de que la realización del Proyecto disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo de
contingencia que se pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el Proyecto, pólizas que mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras
duren las actividades del Proyecto. Asimismo, el CPE se comprometerá a mantener indemne a la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad frente a terceros
o participantes que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que
participe la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente
Convenio.
g) El CPE se compromete a incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de
Madrid como colaborador institucional del Proyecto durante su celebración, en las
equipaciones de los miembros del equipo, si las hubiere, en los materiales de difusión, así como en todos los soportes de comunicación que se empleen para la divulgación del Proyecto, incluida la página web y las redes sociales, en la forma en
que se consensue entre ambas partes. Todos los costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid en los diferentes soportes serán por cuenta del CPE.
h) El CPE podrá divulgar el Proyecto mediante el uso de los medios de comunicación
habituales en los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes
y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del Proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados
pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados
por las partes firmantes.
i) A los efectos previstos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 18/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, el
CPE deberá aportar declaración responsable de haber recabado, antes del inicio de
la ejecución del Proyecto, los correspondientes certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que participe en el mismo, responsabilizándose de las personas que participen en el programa o sus eventuales sustitutos que tengan contacto habitual con menores en el desarrollo del
Proyecto.
Cuarta
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del Proyecto, se obliga a realizar las siguientes actuaciones:
a) Favorecer los contactos con los centros de educación especial de la Comunidad de
Madrid, las Federaciones y clubes deportivos madrileños.
b) Impulsar la divulgación del Proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales con los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución
del Proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidas, publicadas o utilizadas pública o privadamente, a excepción de aquellas que hubieren sido autorizadas por las partes firmantes.
c) Facilitar, en la medida de lo posible, el uso de instalaciones propias que sean necesarias para la realización de actividades relacionadas con el Proyecto, para lo cual
el CPE deberá solicitarlo con al menos un mes de antelación.
d) Realizar las acciones de coordinación que sean necesarias con las Consejerías de
Educación y Universidades, Sanidad y Familia, Juventud y Política Social.

BOCM-20230303-51

Obligaciones de la Comunidad de Madrid