C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230302-27)
Plan integral inspección sanitaria –  Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el Plan Integral de Inspección de Sanidad y los criterios de actuación para los años 2023-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

2.2.4. Programa de control oficial de productos de origen no animal.
Objetivo:
— Reducir los riesgos presentes en los alimentos que afectan a la salud de las personas, mediante la inspección y la auditoría de los establecimientos alimentarios que
manipulan y comercializan productos de origen no animal, verificando así el cumplimiento de la normativa aplicable en seguridad alimentaria.
2.2.5. Programa de control oficial de actividades alimentarias en centros con finalidad social.
Objetivo:
— Verificar la inocuidad de los alimentos proporcionados en los servicios de restauración de los centros hospitalarios, los centros socio-sanitarios y los centros infantiles-educativos, mediante la realización de inspecciones y auditorías centrados en
los riesgos potenciales de estos colectivos.
2.2.6. Programa de control oficial de mataderos, salas de manipulación de caza y salas de tratamiento de reses de lidia.
Objetivos:
— Verificar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante mortem e
inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.
— Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación
aplicable.
— Verificar el cumplimiento de los requisitos en materia del bienestar animal en la
estabulación y en el sacrificio en mataderos.
2.2.7. Programa de control de la información y la composición alimentaria.
Objetivos:
— Controlar el cumplimiento de la legislación a fin de que los productos alimenticios
destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la información
de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.
— Adoptar medidas para evitar la aparición de riesgos derivados de una incorrecta
información de alimentos entregados al consumidor final, como las condiciones
de preparación, conservación y consumo, presencia de alérgenos y gluten, fechas
de caducidad.
2.2.8. Programa de gestión de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
— Prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de las personas derivados de
situaciones en las que exista un riesgo alimentario potencial o declarado y que
sean notificadas a nivel nacional dentro del Sistema Coordinado de Intercambio
Rápido de Información (SCIRI).
— Realizar actuaciones en establecimientos alimentarios con motivo de la notificación de alertas alimentarias.
— Intervención en los establecimientos alimentarios con motivo de los brotes de toxiinfección alimentaria.
2.2.9. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de los criterios microbiológicos y otras normas sanitarias en alimentos.
— Vigilar los agentes zoonóticos y otros agentes causantes de brotes en alimentos.
— Vigilar las resistencias antimicrobianas de agentes zoonóticos alimentarios.
— Verificar mediante análisis la composición de alimentos y las migraciones de materiales en contacto.
— Controlar los residuos de contaminantes químicos en productos alimenticios.
— Controlas los residuos de plaguicidas en alimentos.
— Controlar los medicamentos veterinarios y otras sustancias en alimentos de origen
animal (PNIR).

BOCM-20230302-27

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