C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230302-27)
Plan integral inspección sanitaria –  Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el Plan Integral de Inspección de Sanidad y los criterios de actuación para los años 2023-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

2.1.6. Programa de registros oficiales de empresas de sanidad ambiental.
Objetivos:
— Dar cumplimiento al marco normativo sobre el mantenimiento de los Registro de:
Establecimientos y Servicios Biocidas, Establecimientos de Adorno Corporal (tatuajes, piercing y micropigmentación) y Centros de Bronceado mediante Radiaciones UVA, así como de los Centros de Formación de Aplicadores Biocidas,
Adorno Corporal y Rayos UVA.
— Contribuir a minimizar los riesgos derivados de las actividades sometidas a control mediante la inscripción en los Registros de Empresas y Establecimientos en
el ámbito de la Sanidad Ambiental.
— Verificar el mantenimiento de la información actualizada sobre los Establecimientos y Servicios que tienen un registro oficial.
2.1.7. Programa evaluación de impacto ambiental en salud.
Objetivo:
— Integrar la salud en la Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos industriales,
programas y planes estratégicos, con carácter previo a su puesta en funcionamiento, incluidos en el marco de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental y del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
2.1.8. Programa de control de actividades y empresas funerarias.
Objetivos:
— Dar cumplimiento al marco normativo en materia de sanidad mortuoria.
— Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y las condiciones higiénico sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas
funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias
en la materia.
— Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias, funcionales y
estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.
2.1.9. Programa de vigilancia de la calidad del aire.
Objetivos:
— Vigilar la concentración de polen atmosférico y esporas fúngicas mediante el análisis de sus niveles por medio de captadores, difundiendo la información a la población general y de riesgo, y a los profesionales sanitarios con el fin de minimizar el
riesgo y facilitar el abordaje de los problemas de salud derivados de las alergias al
polen.
— Vigilar la exposición a la contaminación atmosférica (Ozono troposférico O3,
Dióxido de nitrógeno NO2 y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario y socio sanitario y facilitar el seguimiento de patologías asociadas.
2.1.10. Programa de vigilancia de otros factores de riesgo ambiental.
Objetivos:
— Vigilar los extremos térmicos, dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío
en la Salud, al objeto de minimizar los efectos nocivos de las temperaturas extremas en la salud.
— Vigilar los campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía
móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con su preocupación ante posibles riesgos
para la salud.
2.1.11. Programa de prevención y vigilancia de zoonosis en fauna silvestre y animales domésticos.
Objetivos:
— Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros
agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en animales domésticos y fauna silvestre (hidatidosis/echinococosis, rabia, parásitos gastrointes-

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