D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20230302-37)
Convenio –  Convenio de 16 de febrero de 2023, entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles, para el realojamiento de 68 familias del núcleo chabolista “Río Guadarrama-Las Sabinas” y la posterior intervención social y seguimiento de las mismas en vivienda en altura
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

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En todo caso, se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administración Común de las Administraciones Públicas, respecto a los documentos que deban aportar los interesados.
Quinta
Obligaciones de la Agencia de Vivienda Social

1. Iniciar y tramitar los expedientes administrativos sociales de realojo, conforme a
los criterios establecidos en el presente Convenio. Los expedientes serán informados por la
Comisión de Seguimiento, con carácter previo a la resolución que dicte el órgano competente de la Agencia.
2. La Comisión de Seguimiento establecerá los modelos de notificación que correspondan a cada uno de los actos cuya propuesta informa, con carácter previo a la resolución
del órgano competente. En todo caso, la notificación se ajustará a los dispuesto por el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone o no fin a la vía administrativa, garantizando la adecuada identificación
del órgano que dicta la resolución junto con el régimen de recursos aplicable, el plazo para
interponerlos y la incorporación del informe de la Comisión de Seguimiento suscrito por un
miembro en representación de cada una de las Administraciones, dejando constancia de la
participación del Ayuntamiento de Móstoles en el proceso de realojo. Se adjunta el modelo de informe como Anexo III.
3. Realizar las aportaciones económicas en los términos establecidos en el presente
Convenio.
4. Acordar con el Ayuntamiento un sistema de compensación que garantice el equilibrio económico del proceso de realojo. Este acuerdo se podrá adoptar porque sea necesario incorporar alguna vivienda para un mejor realojo de una familia o familias concretas,
cumpliendo así con el compromiso de financiación de este Convenio y de incorporación de
viviendas.
5. Preparar a las familias incluidas dentro del ámbito del presente Convenio para el
futuro realojo en vivienda a través del trabajo continuado en el propio ámbito del núcleo
chabolista “Río Guadarrama-Las Sabinas” al que se refiere este Convenio, incluyendo sesiones de preparación para el acceso a la vivienda, cuyo contenido será fijado por la Comisión de Seguimiento.
6. Realojar a las familias a las que se dirige la presente medida, dentro de los límites
y conforme a los criterios establecidos en el presente Convenio.
7. Formalizar los oportunos contratos de arrendamiento resultantes del proceso de
realojo, respecto a los inmuebles de su titularidad.
8. Realizar el seguimiento posterior de la integración social y vecinal de las familias
realojadas en las viviendas de la Agencia que lo requieran por su situación de vulnerabilidad.
9. Aportar viviendas hasta el 70 por 100 del importe de la financiación del presente
Convenio.
10. Gestionar, de forma conjunta con el Ayuntamiento, la Bolsa de Viviendas.
11. Destinar las viviendas adquiridas por la Agencia que forman la Bolsa a la ejecución de los fines de integración social pactados en el presente Convenio, durante todo el
proceso de integración social.
12. Ejercer, con respecto a las viviendas adquiridas por la Agencia que integran la
Bolsa, los derechos, obligaciones y facultades que la legislación vigente reconoce a los propietarios de viviendas y/o arrendadores incluyendo por tanto la custodia de los inmuebles.
13. Divulgar, con lealtad institucional, la aportación del Ayuntamiento al presente
Convenio, destacándola en cualquier medio de difusión o comunicación social.

BOCM-20230302-37

La Agencia se compromete a: