D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20230302-37)
Convenio –  Convenio de 16 de febrero de 2023, entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles, para el realojamiento de 68 familias del núcleo chabolista “Río Guadarrama-Las Sabinas” y la posterior intervención social y seguimiento de las mismas en vivienda en altura
19 páginas totales
Página
Pág. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

dad con lo previsto en el Decreto 13/2018, de 13 de marzo, del Consejo de Gobierno por el
que se regulan los procedimientos de adjudicación y de cambio de las viviendas vinculadas
a operaciones de realojo de poblados chabolistas, respetando los principios informadores
de la ejecución.
4.4. La Agencia realizará un diagnóstico social previo, y ofrecerá información sobre
los contratos de integración social y de alquiler que se vayan a suscribir con los nuevos inquilinos provenientes del núcleo de “Río Guadarrama-Las Sabinas”, en el término municipal de Móstoles, que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I.
La Agencia se encargará de recabar la documentación y completar los expedientes para
concretar, en su caso, la concurrencia de requisitos que determinan el derecho al realojo.
Comprobado el cumplimiento de los requisitos, y una vez revisado el expediente por
la Comisión de Seguimiento, se procederá, en su caso, a dictar resolución de reconocimiento del derecho al realojo que le atribuye la condición de adjudicatario quedando la eficacia
de esta resolución condicionada a la disponibilidad de viviendas adecuadas a la composición de la unidad familiar, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 11 del Decreto 13/2018, de 13 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los procedimientos de adjudicación y de cambio de las viviendas vinculadas a operaciones de realojo
de poblados chabolistas.
Asimismo, se notificarán, en los casos que procedan, la no concurrencia de los requisitos que determinan el derecho al realojo, estableciendo un período de alegaciones con el
fin de que los interesados puedan alegar lo que a su derecho convenga o aportar la documentación que consideren pertinente para defender su derecho al realojo. Cumplimentado
el plazo de alegaciones, y estudiadas todas las circunstancias, se procederá a dictar Resolución en la que se concrete bien el derecho al realojo o bien la ausencia de alguno de los requisitos imprescindibles para su reconocimiento.
4.5. Se realojarán a las familias que cumplan las condiciones exigidas, previa comprobación de las mismas, de conformidad con lo previsto en el Decreto 13/2018, de 13 de
marzo, y con lo indicado en los apartados siguientes.
Para proceder al realojo de las familias, la Agencia tramitará los correspondientes expedientes administrativos sociales que contendrán, al menos, los siguientes documentos de
conformidad con los artículos 8 y 9 del Decreto 13/2018, de 13 de marzo:
a. Solicitud de realojamiento firmada por los titulares. Se adjunta el modelo de solicitud como Anexo II.
b. El plazo de presentación de las solicitudes será de seis meses desde la publicación
de este Convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
c. Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE, en vigor, de todos los miembros de la unidad
familiar.
d. Certificado de nacimiento en España o, en su caso, certificado del País de origen
traducido al español con la apostilla de traductores oficiales.
e. Fotocopia del Libro de Familia.
f. Fotocopia de la tarjeta de asistencia sanitaria.
g. Certificado de empadronamiento, con el fin de acreditar la residencia y antigüedad
dentro del ámbito del asentamiento antes del 31 de diciembre de 2018. No obstante, en los casos en los que no quede suficientemente acreditado mediante el empadronamiento, la Comisión de Seguimiento podrá acordar qué documentación puede complementar la información del padrón, a los efectos de acreditar la
residencia y antigüedad en el asentamiento.
h. Informe social razonado sobre la necesidad y oportunidad de la vivienda, elaborado por los Servicios Sociales del municipio de Móstoles.
i. Informe social razonado sobre la necesidad y oportunidad de la vivienda, elaborado por los Trabajadores Sociales de la Agencia., incluyendo las características sociales y económicas de la familia solicitante.
j. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto
sobre el Patrimonio o certificados tributarios del ejercicio anterior a la solicitud de
realojo y cuanta documentación se estime necesaria para acreditar la situación
económica y patrimonial de los solicitantes.
k. Cualquier otra documentación que se estime pertinente para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Anexo I. La idoneidad de esta documentación complementaria tendrá que ser previamente establecida por la Comisión de Seguimiento.
l. Número de expediente a asignar por la Agencia.

BOCM-20230302-37

BOCM