Arroyomolinos (BOCM-20230301-35)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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BOCM

MIÉRCOLES 1 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 51

4. Las declaraciones se formalizarán en los modelos que, a tal efecto, elabore la Secretaría General y apruebe el Pleno.
5. Al concluir su mandato, los concejales que hubiesen ejercido responsabilidades
ejecutivas estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones establecidas en la legislación vigente y que les sea de aplicación en materia de conflictos de intereses.
Art. 81. Registro de intereses.—1. Las declaraciones de bienes y actividades se
inscribirán en los Registros de Intereses del Ayuntamiento de Arroyomolinos, en los siguientes términos:
a) En el Registro de Actividades se inscribirán las declaraciones de causas de posible
incompatibilidad y actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos
económicos.
b) En el Registro de Bienes Patrimoniales se inscribirá la declaración sobre bienes y
derechos patrimoniales.
2. Los concejales deberán observar en todo momento las normas sobre incompatibilidades, y deberán poner en conocimiento de la Corporación cualquier hecho que pudiera
constituir causa de las mismas. De no hacerlo así, incurrirán en responsabilidad con la posibilidad de la actuación de oficio por parte del Ayuntamiento y la sanción recogida en el
presente reglamento en su capítulo IX.
Art. 82. Publicidad de las declaraciones de actividades y bienes patrimoniales.—1.
La publicación de las declaraciones de intereses se realizará en el portal de transparencia
del Ayuntamiento.
2. Las declaraciones de intereses serán custodiadas por la Secretaría General.
SECCIÓN 2.a

Garantía de integridad democrática
Art. 83. Organización y funcionamiento democrático de los grupos políticos municipales.—1. La composición, organización y funcionamiento de los grupos políticos municipales garantizará la integridad democrática del Ayuntamiento Arroyomolinos y el respeto a las legítimas expectativas políticas de los vecinos de este municipio.
2. Los concejales deberán cumplir el Código de Buen Gobierno que se recoge a continuación:
a) Principios básicos:
i. Los miembros del Ayuntamiento de Arroyomolinos actuarán, en el desempeño
de sus funciones, de acuerdo con la Constitución y el resto del ordenamiento
jurídico, y ajustarán sus actuaciones a los siguientes principios éticos y de conducta que se desarrollan en este Código: objetividad, integridad, neutralidad,
responsabilidad, credibilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al
servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, y promoción del entorno cultural y medioambiental, y de la
igualdad entre hombres y mujeres.
ii. Los miembros del Ayuntamiento de Arroyomolinos actuarán de forma honesta, siendo dignos de confianza en todas sus negociaciones y cumpliendo
los compromisos adquiridos. Se protegerá la confidencialidad de la información confiada por vecinos, empleados o proveedores. Se velará por el cumplimiento de todas las legislaciones, normativas y obligaciones regulatorias,
tanto nacionales como internacionales. Se velará por la libre competencia de
todas las empresas y respeto a licitadores.
iii. Los miembros del Ayuntamiento de Arroyomolinos actuarán de forma íntegra. En ningún caso se ofrecerán o aceptarán regalos, invitaciones, prebendas
u otro tipo de incentivos que puedan recompensar o influir en una decisión
municipal. Se evitará y declarará cualquier conflicto de intereses que pueda
anteponer prioridades personales a las colectivas. Se comportarán con rectitud, sin buscar en ningún caso beneficio propio o de terceros a través del uso
indebido de su posición o contactos en el Ayuntamiento.
b) Principios éticos:
i. Los cargos electos promoverán los derechos humanos y las libertades de los
ciudadanos, y evitarán toda actuación que pueda producir discriminación al-

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