C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230228-31)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 521/2023, de 20 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada autorizados
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 50

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO PARA LA CONCESIÓN DE BECAS
PARA LA ESCOLARIZACIÓN EN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN
INFANTIL EN CENTROS DE TITULARIDAD PRIVADA AUTORIZADOS
I. Ámbito normativo y competencial
El presente Plan Estratégico de Subvenciones tiene como referente normativo competencial las siguientes normas:
— El Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
— El Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía.
— La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— El Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
II. Objetivos estratégicos
Los objetivos generales que se pretenden cumplir con el presente Plan Estratégico son:
— Facilitar el acceso a centros educativos de niños menores de tres años para contribuir a su desarrollo físico, afectivo, social e intelectual.
— Facilitar medios para que puedan compensarse precozmente aquellas carencias
que puedan tener su origen en situaciones de desventaja social, cultural o económica.
— Contribuir a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Para lograr estos objetivos generales se fija un objetivo específico: lograr aumentar las
ayudas individuales otorgadas a las familias que escolarizan a sus hijos en el primer ciclo
de educación infantil en centros autorizados de titularidad privada, pasando de los 29.798
en la convocatoria de 2022-2023 a 33.750, siempre que existan suficientes solicitantes de
la ayuda para el curso 2023-2024 y, manteniéndose, en todo caso, los importes a percibir
por la beca, que serían con carácter general, de 1.463 euros anuales, y de 2.343 euros para
los beneficiarios que hayan obtenido 5 puntos por el criterio de ingresos familiares.

Para la financiación de estas becas se dispuso en la convocatoria correspondiente al
curso escolar 2022-2023 de un total de 50.630.087 euros, con cargo al Subconcepto 48399
del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, distribuido en
dos anualidades:
— 23.013.675,91 euros en la primera anualidad, 2022, para el pago de las becas durante los meses de septiembre de 2022 a enero de 2023.
— 27.616.411,09 euros en la segunda anualidad, 2023, para el pago de las becas durante los meses de febrero de 2023 a julio de 2023.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, para alcanzar una cifra aproximada de 33.750
becas, se deben mantener los costes estimados en la anterior convocatoria:
— Curso 2023-2024: 50.630.087 euros, distribuidos en dos anualidades:
d 23.013.675,91 euros en la primera anualidad, 2023, para el pago de las becas
durante los meses de septiembre de 2023 a enero de 2024.
d 27.616.411 euros en la segunda anualidad, 2024, para el pago de las becas durante los meses de febrero de 2024 a julio de 2025.
— Curso 2024-2025: 50.630.087 euros.
— Curso 2025-2026: 50.630.087 euros.

BOCM-20230228-31

III. Coste presupuestario previsible