C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230217-21)
Plan estratégico ayudas –  Orden 372/2023, de 8 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico, para el período 2023-2025, de las ayudas en materia de investigación
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B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023

Los proyectos se realizarán entre dos grupos de investigación interdisciplinares de la
Comunidad de Madrid con habilidades complementarias, conocimiento y recursos
para abordar y resolver conjuntamente retos y problemas científicos ambiciosos, atraer
y retener talento investigador en la región, impulsar la participación activa de investigadores madrileños en redes y consorcios internacionales de primer nivel.
Con motivo de la aprobación del VI Plan Regional de Investigación e Innovación
Tecnológica, se elaborarán unas bases reguladoras nuevas que contemplen las necesidades detectadas por los agentes del Sistema Madrileño de Investigación e Innovación y den respuesta a los nuevos retos y cambios normativos.
Se prevé la financiación de una convocatoria de proyectos sinérgicos en el período 2024-2026. Se financiarán costes directos e indirectos asociados a la ejecución
de los programas tales como: contratación de personal, subcontratación, material
fungible, equipamiento y gastos generales de funcionamiento.
Podrán tener la condición de beneficiarios aquellas entidades que cumplan con la
definición de organismos de investigación y difusión de conocimientos establecida en el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01).
Podrán ser beneficiarias las Universidades públicas y privadas, las Fundaciones
Institutos Madrileños de Estudios Avanzados, Organismos Públicos de Investigación de titularidad estatal, Fundaciones para la Investigación Biomédica de
los hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid, Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con
el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora y otras
entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I + D + I, que tengan definidos en sus estatutos la I + D + I como
actividad principal.
Las entidades deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o
establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
d. Personal Investigador Predoctoral en formación:
El objetivo de estas ayudas es la creación de oportunidades para que los jóvenes
inicien su carrera investigadora con la realización de una tesis doctoral que les permita obtener el título de doctor con la mención de “Doctorado Internacional” tal
como se establece en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
La mención de “Doctorado Internacional” permitirá a los nuevos doctores acceder
con más posibilidades al mundo de la investigación, ya que la experiencia internacional que se exige incrementa significativamente la empleabilidad.
Se financiarán los costes asociados a la contratación durante cuatro años del personal investigador predoctoral en formación y los gastos derivados de estancias en
el extranjero.
Se prevé la financiación de dos convocatorias de ayudas plurianuales en el período 2023-2025.
Podrán tener la condición de beneficiarios aquellas entidades que cumplan con la
definición de organismos de investigación y difusión de conocimientos establecida en el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01).
Podrán ser beneficiarias las Universidades públicas y privadas, las Fundaciones
Institutos Madrileños de Estudios Avanzados, Organismos Públicos de Investigación de titularidad estatal, Fundaciones para la Investigación Biomédica de los
hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid, Entidades
e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora y otras entidades
públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada
en I + D + I, que tengan definidos en sus estatutos la I + D + I como actividad
principal.
Las entidades deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o
establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud de ayuda.

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BOCM-20230217-21

BOCM