D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230211-3)
Convenio –  Convenio de 10 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, para la realización de prácticas que integran el programa docente del curso de postgrado no oficial de “Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias” a realizar en el SUMMA 112
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 10

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 36

C. La Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN se compromete a:
— Dotar a los alumnos para la realización de actividades en las instalaciones y vehículos
asistenciales del SUMMA 112, de la correspondiente identificación y de los equipos
de alta visibilidad para uso profesional de clase 2 según EN ISO 20471:2013.
— Garantizar al SUMMA 112 la realización efectiva de las prácticas por parte de los
alumnos, en los horarios y períodos establecidos en su programación. En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad o asistencia, incorrecto comportamiento del alumno o perturbación del servicio, el SUMMA 112 podrá suspender de forma inmediata y cautelar las prácticas del alumno infractor, poniéndolo en
conocimiento de FUDEN para que adopte las medidas que considere oportunas.
— Informar puntualmente del programa formativo y competencias que deben alcanzar los estudiantes, así como distribuir y gestionar las guías docentes y registros
para la evolución de los estudiantes.
— En relación con las enseñanzas objeto del convenio, aportar al SUMMA 112,
SERMAS y Comisión Mixta, al inicio de cada curso el detalle del número de los
alumnos matriculados que realizarán las prácticas, incluyendo el calendario detallado del número de horas, jornadas y fechas, y cuyo número no será superior al
establecido en el convenio.
— Expedir certificación acreditativa (con inclusión de horas realizadas) de la labor
realizada por el personal sanitario del SUMMA 112 (tutores), que colabore en la
formación práctica de los alumnos, si así se solicita.
— Cumplimentar el anexo III de este convenio comprensivo de los datos de los estudiantes y de las prácticas afectadas, así como de los elementos del proyecto formativo del centro.
— FUDEN, para el supuesto de que los estudiantes que vayan a realizar las prácticas vayan a tener contacto habitual con menores, deberán tener en consideración las prescripciones incluidas en el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, así como las contenidas en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia,
asimismo deberá garantizar mediante certificado negativo que dichos estudiantes
no poseen antecedentes de delitos sexuales, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021 y relacionado en la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero.
— FUDEN garantizará, mediante la correspondiente certificación, que los estudiantes que realicen las prácticas no poseen antecedentes de delitos sexuales, conforme a lo previsto en la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, por la que se publica el
Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud,
por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas
destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los
alumnos y residentes en Ciencias de la Salud.
Quinta
El desarrollo del presente convenio no implica obligación económica alguna para la
Consejería de Sanidad ni para el Servicio Madrileño de Salud.
Considerando el contenido de las prácticas y el alto grado de utilización de recursos
personales y especialmente materiales del SUMMA 112, este recibirá de la Fundación para
el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, como compensación por sus servicios, la cantidad
de 120 euros por cada práctica efectiva de 12 h que realice cada alumno; lo que supone una
aportación de 10 euros/h/alumno de práctica clínica; debiendo expedir el SUMMA 112 factura justificativa por el importe recibido.
El pago de dicha compensación se realizará al inicio de las prácticas en las instalaciones y/o vehículos del SUMMA 112, mediante transferencia a la cuenta bancaria de la Tesorería de la Comunidad de Madrid que indique el SUMMA 112, y que a tal efecto será comunicada a la emisión de la factura.
Sexta
Responsabilidad
El SUMMA 112 no adquirirá por la firma del presente convenio más compromisos que
los estipulados en el mismo, no derivándose de ellos, en ningún caso, ninguna de las obli-

BOCM-20230211-3

Condiciones económicas