D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230209-40)
Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Fundación Laboral de la Construcción (FLC), para desarrollar actuaciones y actividades de colaboración incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 34

Si bien, es por su naturaleza convencional por la que el convenio se encuentran excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de
conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 y 2 de la misma.
Tercera
Obligaciones de las partes
En cumplimiento del presente convenio las partes se comprometen a realizar actividades y proyectos de forma conjunta, en todo tipo de asuntos relacionados con la prevención
de riesgos laborales, dentro de sus competencias, o ámbitos de actuación, que resulten de
interés común. Ambas partes definirán, diseñarán e instrumentarán de mutuo acuerdo, las
actividades específicas que se desarrollarán, todo ello de conformidad con lo establecido en
la cláusula cuarta del presente convenio.
Así, por un lado, en cumplimiento del presente Convenio, corresponde a la FLC:
— Compartir y difundir nuevas formas de lograr la integración real de la cultura preventiva en el sector construcción a todos los niveles.
— Difundir pautas homogéneas de funcionamiento y criterios técnicos en aras a mejorar la situación preventiva de las obras de construcción, así como difundir las
buenas prácticas entre las empresas y personas trabajadoras del sector.
— Reconocer y homologar la formación de Nivel Básico en Prevención de Riesgos
Laborales en Construcción, en las condiciones definidas en el vigente convenio
colectivo del sector construcción, impartida por el IRSST.
— Aportar sus conocimientos y experiencia en el ámbito de la prevención de riesgos
laborales, favoreciendo la innovación y el carácter práctico de las actuaciones a
desarrollar en el sector construcción.
— Difundir la cultura preventiva en sus respectivos ámbitos de actuación profesional.
Por su parte, corresponde al IRSST:
— Aportar los conocimientos y experiencia de los técnicos de prevención del mismo.
— Llevar a cabo en todo momento un seguimiento, coordinación y dirección de la
ejecución de las actividades a desarrollar.
— Comunicar a la FLC de Madrid, a la finalización de los cursos objeto de reconocimiento en atención a este acuerdo, los datos del curso y de los alumnos aptos finales en cada uno de los respectivos cursos realizados.
Cuarta
Las partes firmantes se comprometen a:
1. Promocionar y desarrollar las actuaciones dirigidas a la mejora efectiva de las
condiciones de seguridad y salud en el trabajo y a la prevención de los daños a la salud en
el sector construcción.
2. Proponer criterios y buenas prácticas en las empresas para mejorar las condiciones de seguridad salud y bienestar.
3. Realizar las iniciativas dirigidas a la mejora de la calidad y eficacia del sistema de
gestión de la prevención de riesgos laborales de las obras de construcción, de marcado carácter innovador y práctico.
4. Elaborar y publicar documentación técnico-normativa relativa a la prevención de
riesgos laborales dirigida al sector de construcción.
5. Promocionar, organizar y realizar acciones formativas y de sensibilización, así
como fomentar la cultura preventiva en el ámbito competencial y territorial de la Comunidad de Madrid, dirigida principalmente a los técnicos de prevención, mandos intermedios
y los directivos. así como promover una correcta gestión preventiva de las empresas del
sector y en las obras de construcción.
6. Favorecer el intercambio de información entre las entidades firmantes.
7. Colaborar y divulgar las actividades realizadas por la otra parte firmante dentro de
los contenidos reflejados en los puntos anteriores.
8. Ceder, en el marco del convenio, el uso de locales, auditorios, salones de actos,
instalaciones y otros espacios de interés para el desarrollo de actividades de información,

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Actuaciones a desarrollar