Torrejón de Ardoz (BOCM-20230208-69)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 33
miento de la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz, dando cumplimiento así a lo
dispuesto en la Ley en cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones producidas por la movilidad y el tráfico.
La Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está alineada con los
objetivos de desarrollo sostenible 11 y 13:
— Objetivo 11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
— Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus
efectos.
Esta ordenanza es coherente y complementa el Plan de Movilidad Urbana Sostenible
de Torrejón de Ardoz, y el Plan de Calidad del Aire de Torrejón de Ardoz ya que contribuye a alcanzar los objetivos de disminución de contaminantes y emisiones de gases de efecto invernadero.
La Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz es el instrumento jurídico local que permitirá avanzar en el logro de los objetivos de la Agenda Urbana Española en concreto el 5 “Favorecer la Proximidad y la Movilidad Sostenible” y el 3 “Prevenir
y reducir los impactos del cambio climático y mejorar la resiliencia”; y contribuye significativamente a lograr el reto estratégico 2: “Cambio climático, medio ambiente y biodiversidad” y el reto estratégico 4 “Transporte y movilidad sostenible” del Plan de Acción de La
Agenda Urbana de Torrejón de Ardoz aprobada por Junta de Gobierno Local de 26 de septiembre de 2022.
En la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado Torrejón de Ardoz 2014-2022
la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está plenamente alineada con
el objetivo estratégico “Torrejón espacio habitable y sostenible” en los aspectos:
— Asumir la responsabilidad de la ciudad reduciendo las emisiones de CO2.
— Sistema de movilidad sostenible, inclusivo y saludable.
El texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, otorga a los municipios la competencia de restringir la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales, y en este sentido, las Zonas
de Bajas Emisiones suponen una limitación a la circulación y estacionamiento de los
vehículos más contaminantes que contribuirán a mejorar la calidad del aire.
La presente Ordenanza establece y define las Zonas de Bajas Emisiones de Torrejón
de Ardoz, la regulación del tráfico y estacionamiento de los vehículos en las mismas y las
normas a seguir por los ciudadanos con un capítulo sancionador que regula las infracciones; que permitirá lograr un entorno más saludable y más sostenible.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz.—La Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz es el territorio en el que se aplican restricciones de acceso,
circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las
emisiones de gases de efecto invernadero definida en el Anexo I de la presente Ordenanza.
Art. 2. Objeto.—La presente Ordenanza tiene por objeto regular, en el ámbito de
competencia municipal, la gestión y funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz.
Art. 3. Finalidad.—La finalidad es mejorar la calidad del aire de la ciudad y reducir
las emisiones contaminantes derivadas del tráfico rodado de los vehículos a motor más contaminantes con el objetivo de proteger la salud humana y animal frente a las causas de mortalidad y morbilidad que provoca y agrava la contaminación ambiental urbana.
Capítulo II
Ámbito de aplicación
Art. 4. Fases de implantación.—Las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento se realizan conforme las fases de implantación de la Zona de Bajas Emisiones que son:
— Fase de implementación.
— Fase de ampliación.
BOCM-20230208-69
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 33
miento de la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz, dando cumplimiento así a lo
dispuesto en la Ley en cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones producidas por la movilidad y el tráfico.
La Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está alineada con los
objetivos de desarrollo sostenible 11 y 13:
— Objetivo 11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
— Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus
efectos.
Esta ordenanza es coherente y complementa el Plan de Movilidad Urbana Sostenible
de Torrejón de Ardoz, y el Plan de Calidad del Aire de Torrejón de Ardoz ya que contribuye a alcanzar los objetivos de disminución de contaminantes y emisiones de gases de efecto invernadero.
La Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz es el instrumento jurídico local que permitirá avanzar en el logro de los objetivos de la Agenda Urbana Española en concreto el 5 “Favorecer la Proximidad y la Movilidad Sostenible” y el 3 “Prevenir
y reducir los impactos del cambio climático y mejorar la resiliencia”; y contribuye significativamente a lograr el reto estratégico 2: “Cambio climático, medio ambiente y biodiversidad” y el reto estratégico 4 “Transporte y movilidad sostenible” del Plan de Acción de La
Agenda Urbana de Torrejón de Ardoz aprobada por Junta de Gobierno Local de 26 de septiembre de 2022.
En la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado Torrejón de Ardoz 2014-2022
la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está plenamente alineada con
el objetivo estratégico “Torrejón espacio habitable y sostenible” en los aspectos:
— Asumir la responsabilidad de la ciudad reduciendo las emisiones de CO2.
— Sistema de movilidad sostenible, inclusivo y saludable.
El texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, otorga a los municipios la competencia de restringir la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales, y en este sentido, las Zonas
de Bajas Emisiones suponen una limitación a la circulación y estacionamiento de los
vehículos más contaminantes que contribuirán a mejorar la calidad del aire.
La presente Ordenanza establece y define las Zonas de Bajas Emisiones de Torrejón
de Ardoz, la regulación del tráfico y estacionamiento de los vehículos en las mismas y las
normas a seguir por los ciudadanos con un capítulo sancionador que regula las infracciones; que permitirá lograr un entorno más saludable y más sostenible.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz.—La Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz es el territorio en el que se aplican restricciones de acceso,
circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las
emisiones de gases de efecto invernadero definida en el Anexo I de la presente Ordenanza.
Art. 2. Objeto.—La presente Ordenanza tiene por objeto regular, en el ámbito de
competencia municipal, la gestión y funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz.
Art. 3. Finalidad.—La finalidad es mejorar la calidad del aire de la ciudad y reducir
las emisiones contaminantes derivadas del tráfico rodado de los vehículos a motor más contaminantes con el objetivo de proteger la salud humana y animal frente a las causas de mortalidad y morbilidad que provoca y agrava la contaminación ambiental urbana.
Capítulo II
Ámbito de aplicación
Art. 4. Fases de implantación.—Las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento se realizan conforme las fases de implantación de la Zona de Bajas Emisiones que son:
— Fase de implementación.
— Fase de ampliación.
BOCM-20230208-69
Pág. 246
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