B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230208-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos y se acuerda la apertura del plazo de presentación de solicitudes para participar en dichos procedimientos selectivos
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
La programación didáctica de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales deberán especificar, al menos, los objetivos,
contenidos y criterios de evaluación del módulo y/o materia-asignatura según la organización de las enseñanzas; las orientaciones pedagógicas y metodológicas así como los recursos didácticos, estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso
escolar, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación. Asimismo, deberá recoger los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado.
La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas de Arte Dramático deberá especificar, al
menos, los objetivos, competencias o capacidades, contenidos y criterios de evaluación de
una asignatura recogida en el Plan de estudios, estableciendo su asociación y secuenciación
temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los
recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de
la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado. La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas Elementales de Música y Danza deberá
especificar, al menos, los objetivos, competencias o capacidades, contenidos y criterios de
evaluación que regulan la práctica docente de estos estudios, estableciendo su asociación y
secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado.
La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, deberá especificar, al menos, los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, procedimientos
de evaluación y criterios de calificación que regulan la práctica docente de estos estudios,
estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la
atención a la diversidad del alumnado. La programación incluirá también un apartado de
evaluación de la propia práctica docente.
La programación de cada uno de los Cuerpos mencionados con anterioridad, deberá
realizarse atendiendo a un curso académico impartido con carácter presencial. No obstante, se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así
como tecnologías de la información y comunicación adaptados a la impartición de la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a
la metodología y empleo de las tecnologías de la información y comunicación.
Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en Unidades didácticas/Situaciones de aprendizaje, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de quince Unidades
didácticas/Situaciones de aprendizaje, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.
La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y
anexos. Será presentada en tamaño DIN-A4, por una sola cara con letra tipo Arial de 12
puntos sin comprimir y con interlineado doble. Los márgenes izquierdo, derecho, superior
e inferior serán de 2,54 cm cada uno. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo.
La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión
máxima de 80 páginas.
En el caso de que el Tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el
requisito de elaboración propia, la puntuación que se otorgará a la parte A de la Segunda
Prueba será de 0 puntos.
En las especialidades de idiomas, la programación será redactada y defendida íntegramente en el idioma correspondiente.
Pág. 15
BOCM-20230208-1
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
La programación didáctica de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales deberán especificar, al menos, los objetivos,
contenidos y criterios de evaluación del módulo y/o materia-asignatura según la organización de las enseñanzas; las orientaciones pedagógicas y metodológicas así como los recursos didácticos, estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso
escolar, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación. Asimismo, deberá recoger los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado.
La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas de Arte Dramático deberá especificar, al
menos, los objetivos, competencias o capacidades, contenidos y criterios de evaluación de
una asignatura recogida en el Plan de estudios, estableciendo su asociación y secuenciación
temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los
recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de
la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado. La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas Elementales de Música y Danza deberá
especificar, al menos, los objetivos, competencias o capacidades, contenidos y criterios de
evaluación que regulan la práctica docente de estos estudios, estableciendo su asociación y
secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado.
La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.
La programación didáctica de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, deberá especificar, al menos, los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, procedimientos
de evaluación y criterios de calificación que regulan la práctica docente de estos estudios,
estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y las medidas adoptadas para la
atención a la diversidad del alumnado. La programación incluirá también un apartado de
evaluación de la propia práctica docente.
La programación de cada uno de los Cuerpos mencionados con anterioridad, deberá
realizarse atendiendo a un curso académico impartido con carácter presencial. No obstante, se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así
como tecnologías de la información y comunicación adaptados a la impartición de la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a
la metodología y empleo de las tecnologías de la información y comunicación.
Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en Unidades didácticas/Situaciones de aprendizaje, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de quince Unidades
didácticas/Situaciones de aprendizaje, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.
La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y
anexos. Será presentada en tamaño DIN-A4, por una sola cara con letra tipo Arial de 12
puntos sin comprimir y con interlineado doble. Los márgenes izquierdo, derecho, superior
e inferior serán de 2,54 cm cada uno. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo.
La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión
máxima de 80 páginas.
En el caso de que el Tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el
requisito de elaboración propia, la puntuación que se otorgará a la parte A de la Segunda
Prueba será de 0 puntos.
En las especialidades de idiomas, la programación será redactada y defendida íntegramente en el idioma correspondiente.
Pág. 15
BOCM-20230208-1
BOCM