Madrid (BOCM-20230207-28)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 115
Ejecución, contenidas tanto en su texto como en la documentación gráfica que no podrá
modificar, aunque si se permiten las lógicas adaptaciones de detalle.
Fuera del ámbito de la Unidad de Ejecución, las actuaciones de urbanización podrán
ejecutarse mediante proyectos de obras ordinarias.
Art. 10. Edificabilidad.—La edificabilidad asignada a cada una de las parcelas se
desglosa en el “Cuadro Asignación Edificabilidad” siguiente.
CUADRO ASIGNACIÓN EDIFICABILIDAD
CP1
CP2
U7
U8
U9
U10
U11
U12
U13
U14
U15
U16
C1
C2
C3
C4
C5
C6
C7
C8
C9
C10
C11
C12
C13
C14
T1
EB1
EB2
EB3
EB4
EB5
TOTAL
2.675
1.115
440
440
440
440
440
440
900
670
1.000
1.000
3.500
3.500
950
800
3.300
1.200
3.300
8.750
4.700
900
1.200
5.700
4.200
2.000
54.000
EDIFICABILIDAD TOTAL DEL ÁMBITO
EDIFICABILIDAD
DOTACIONAL
700
150
800
300
300
150
100
2.500
500
930
800
300
600
3.130
59.630
Art. 11. Proyectos de edificación.—Los proyectos de edificación deberán incluir,
como requisito indispensable para la concesión de licencia, la urbanización de los espacios
libres de parcela.
Art. 12. Zonas de Ordenanza.—Se establecen las siguientes Zonas de Ordenanza:
1. Zonas de uso residencial. Son las que aparecen en el Plano de Alineaciones y Condiciones de la Edificación como:
a) Zona U: Uso Residencial, en su categoría de edificación de baja densidad (tipología
unifamiliar o colectiva de baja densidad).
BOCM-20230207-28
PARCELA
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD TERCIARIA
RESIDENCIAL (máxima) m2 (mínima) m2
B.O.C.M. Núm. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 115
Ejecución, contenidas tanto en su texto como en la documentación gráfica que no podrá
modificar, aunque si se permiten las lógicas adaptaciones de detalle.
Fuera del ámbito de la Unidad de Ejecución, las actuaciones de urbanización podrán
ejecutarse mediante proyectos de obras ordinarias.
Art. 10. Edificabilidad.—La edificabilidad asignada a cada una de las parcelas se
desglosa en el “Cuadro Asignación Edificabilidad” siguiente.
CUADRO ASIGNACIÓN EDIFICABILIDAD
CP1
CP2
U7
U8
U9
U10
U11
U12
U13
U14
U15
U16
C1
C2
C3
C4
C5
C6
C7
C8
C9
C10
C11
C12
C13
C14
T1
EB1
EB2
EB3
EB4
EB5
TOTAL
2.675
1.115
440
440
440
440
440
440
900
670
1.000
1.000
3.500
3.500
950
800
3.300
1.200
3.300
8.750
4.700
900
1.200
5.700
4.200
2.000
54.000
EDIFICABILIDAD TOTAL DEL ÁMBITO
EDIFICABILIDAD
DOTACIONAL
700
150
800
300
300
150
100
2.500
500
930
800
300
600
3.130
59.630
Art. 11. Proyectos de edificación.—Los proyectos de edificación deberán incluir,
como requisito indispensable para la concesión de licencia, la urbanización de los espacios
libres de parcela.
Art. 12. Zonas de Ordenanza.—Se establecen las siguientes Zonas de Ordenanza:
1. Zonas de uso residencial. Son las que aparecen en el Plano de Alineaciones y Condiciones de la Edificación como:
a) Zona U: Uso Residencial, en su categoría de edificación de baja densidad (tipología
unifamiliar o colectiva de baja densidad).
BOCM-20230207-28
PARCELA
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD TERCIARIA
RESIDENCIAL (máxima) m2 (mínima) m2