Algete (BOCM-20230207-33)
Organización y funcionamiento. Reglamento centro municipal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023

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fuera del recinto o utilizado para otros fines sin la autorización previa del personal municipal del área correspondiente.
Art. 7.—El centro permanecerá abierto todos días de lunes a viernes, garantizando un
mínimo de seis horas diarias, que se adaptaran a la organización de servicios y actividades,
sábados permanecerá cerrado y los domingos por la tarde en horario de 17:00 a 21:00, salvo causas de fuerza mayor sobrevenidas y por el mínimo tiempo imprescindible.
Los fines de semana y festivos, el horario de apertura y cierre del Centro podrá verse
alterado por razones justificadas de las actividades realizadas en estos horarios.
El Centro podrá permanecer abierto más temprano o más tarde del horario habitual sí
así lo requiriese la celebración de alguna actividad sociocultural, siempre con autorización
del órgano competente.
Anualmente, el Ayuntamiento fijará el calendario de cierre por festivos o vacaciones.
Art. 8.—El Centro dispondrá de dos tipos de dependencias:
a) Salas abiertas al público: en las que se realizarán las actividades habituales y que
estarán abiertas permanentemente en los horarios establecidos.
b) Salas de uso restringido cuyo acceso será determinado por el personal municipal.
Capítulo II
De la condición de usuario/a
Art. 9. Adquisición y pérdida de la condición de usuario.—Podrá ser usuario/as del
Centro Municipal del Mayor toda persona en quien concurran las circunstancias expresadas en el artículo 2.o y que figuren empadronadas/os en el municipio de Algete. De igual
manera podrán adquirir esta condición el cónyuge o persona unida a él/ella, de forma estable, a cuyos efectos deberán acreditar la convivencia.
La solicitud de usuario/a del Centro Municipal del Mayor se tramitará en el Centro
Municipal del Mayor Valdeamor del Ayuntamiento de Algete, mediante instancia específica facilitada gratuitamente y adjuntando la documentación que rustique los requisitos expresados en el apartado 2.
A los admitido/as les será facilitado por el Ayuntamiento un carné personal e intransferible, con validez permanente, acreditativo de su condición de usuario que permitirá acceder al Centro.
Art. 10.—La condición de usuario/a será requisito imprescindible para participar en
las actividades socioculturales financiadas y/o subvencionadas total o parcialmente por el
Ayuntamiento, así como para acceder a los servicios que desde la concejalía se establezcan.
Art. 11. Pérdida condición usuario/a.—La condición de usuario/a quedará extinguida por:
1. Renuncia voluntaria.
2. Durante el tiempo que dure la sanción impuesta como consecuencia de expediente sancionador.
3. Fallecimiento del usuario/a
4. Pérdida de alguno de los requisitos necesarios para adquirir dicha condición.
Capítulo III

Art. 12. Derechos de los usuario/as.—Son derechos de los usuarios/as del Centro
Municipal del Mayor Valdeamor:
a) Una información suficiente y veraz, en términos comprensibles, sobre las prestaciones y recursos disponibles y sobre los requisitos necesarios para el acceso a
ellos, así como sobre otros recursos de protección social a los que puedan tener derecho.
b) Acceder al Centro sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología,
opinión o cualquier otras circunstancia personal o social
c) A una atención individualizada que respete su identidad y dignidad y les procure
en todo momento un trato apropiado
d) Disfrutar de todos los servicios que se presten en el Centro, de conformidad con
las normas de funcionamiento del mismo.
e) Formular propuestas y sugerencias a la Concejalía de Mayores.

BOCM-20230207-33

De los derechos y deberes de los/as usuarias/os