Colmenar Viejo (BOCM-20230206-50)
Organización y funcionamiento. Ordenanza ocupación vía y espacios públicos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 31

LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 399

c) Plano o croquis que comprenda el emplazamiento de la instalación, especificando,
en su caso, ancho de acera, ocupación prevista (indicando metros cuadrados lineales de acera a ocupar y saliente o anchura de la instalación), mobiliario urbano, alcorques y farolas existentes, así como la posible afección al estacionamiento de
vehículos.
d) Indicación, en su caso, de si se va a proceder a ocupar la acera, la zona de estacionamiento o el carril de circulación de la vía afectada, así como de los lugares de
acceso rodado a la obra, aceras y áreas peatonales pavimentadas y accesos a viviendas o locales comerciales que se verán afectados.
e) Justificante del pago de las tasas municipales correspondientes. Pudiéndose emitir
la autoliquidación a través de la Sede electrónica, debiendo cumplimentar el modelo correspondiente.
f) Copia de la licencia de obras o declaración responsable a la que sirve la instalación
auxiliar, según proceda.
g) Cuando se trate de instalación de andamios, vallas, pasos cubiertos o análogos, indicación de los locales y viviendas afectadas y medidas previstas para posibilitar el
acceso a los mismos. Así como la acreditación, mediante aportación de copias de
la póliza y del recibo correspondiente, de la existencia de un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños materiales y personales que se pudieran
producir, debiendo el titular de la solicitud figurar como beneficiario de la póliza.
h) Cuando se trate de acceso con vehículos especiales tales como grúas, pluma, camiones de mudanzas, etc., plano a escala donde se refleje expresamente itinerario
del recorrido desde la entrada en el municipio hasta el punto de destino.
i) Cuando sea necesario la realización de modificación del tráfico, plano donde se
refleje expresamente la zona afectada, el itinerario alternativo, la señalización a
colocar y, en caso de que la ocupación afectase al servicio de recogida de residuos
urbanos o al servicio de transporte público, el solicitante deberá ponerse en contacto con ambos servicios, previamente a la ejecución de modificación, para que
conozcan la afección de que se trate con la antelación especificada anteriormente.
j) Cualquier otro dato relevante para la concesión de la misma.
Artículo 44

1. Las solicitudes se presentarán, preferentemente de forma telemática a través de la
sede electrónica, siendo obligatorio para aquellas personas o entidades establecidas en el
artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. Las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de 15 días hábiles a la
fecha prevista de inicio de la ocupación.
3. Una vez presentada la solicitud por la persona interesada, se procederá a la evaluación por la Inspección Municipal, para determinar la conveniencia e idoneidad de la
misma, procediendo a requerir la subsanación de la solicitud en el caso de ser necesario y
acordando las liquidaciones adicionales que procedan.
4. No se podrá disfrutar del uso de la vía pública hasta que no se haya abonado el importe total de las tasas y se haya otorgado la autorización correspondiente. En caso de concesión de autorizaciones, sin que la ocupación llegue a ejecutarse, por causa no imputable
al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, no se reembolsarán los importes abonados.
5. Cuando se trate de obras urgentes con categoría de cala para la reparación de averías producidas en las redes de las compañías, cuya ejecución no admita dilación sin perjuicio de las personas o los bienes, la empresa encargada podrá proceder a la actuación que corresponda previa comunicación de la urgencia a la Concejalía de Urbanismo o a la Policía
Local.
En tal caso deberá presentar, dentro de los dos días hábiles siguientes a la intervención,
la solicitud de la licencia respectiva con liquidación de las tasas correspondientes y depósito
de la cantidad procedente por reparación o reposición de infraestructuras públicas, en su caso.

BOCM-20230206-50

Presentación de solicitudes