C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230204-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Rivas-Vaciamadrid Empresa Municipal de Servicios, S. A. (código número 28013412012006)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 30

SÁBADO 4 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 25

Artículo 33.- Pluses
Todos los pluses aquí recogidos se cobrarán por tiempo efectivo de trabajo, salvo que se especifique otra circunstancia y a excepción de aquellos/as trabajadores/as del servicio de limpieza viaria
que vengan cobrando dicho plus de manera diferente a la reflejada en este artículo antes del 1 de
enero de 2018.
Los pluses de percepción constante y permanente no se descontarán de las vacaciones.
Plus de trabajo tóxico, penoso y peligroso:
Se establece un plus tóxico, penoso y peligroso de un 10% del salario base para todos/as los/las
operarios/as adscritos al servicio de jardinería, especialistas operarios/as de mantenimiento, peones/peonas operarios/as de mantenimiento y cristaleros/as.
Los trabajos de poda en altura que realiza el puesto de trabajo de oficial jardinero/a se retribuirán
con 13,26 € por día completo realizando esa labor y 1,76 € por hora de trabajo.
Para el grupo de operarios/as del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos, y taller no
incluidos en el párrafo anterior y para el personal de mantenimiento de fuentes se establece un
plus consistente en el 20% del salario base.
Para los puestos de trabajo de Jefe/a de Servicio, Encargado/a General y Encargado/a de todos
los servicios se establece un plus tóxico, penoso y peligroso del 7,5 % del salario base mensual.
Para los operarios/as del servicio de limpieza de edificios se establece un plus de un 4% del salario base.
Para los demás trabajos tóxicos, penosos o peligrosos a efectos de este plus, será el Comité de
Seguridad y Salud y la Empresa quienes los determinen. En caso de discrepancia se recurrirá al
organismo competente.
Plus de responsabilidad y confidencialidad:
Los/las auxiliares administrativos/as, almaceneros/as, administrativos/as y oficiales administrativos/as
cobrarán un plus de confidencialidad y responsabilidad de un 2,5% de salario base mensual.
Plus de buena gestión:
Se establecerá un sistema de evaluación del desempeño, objetivable asesorado por una Empresa
externa para directores/a, mandos intermedios, técnicos/as y oficiales administrativos/as. Este
sistema devengará en un plus de gestión.
Estas cuantías tomarán como referencia el 5,5% del salario base para todos los colectivos, excepto para el oficial administrativo/a, que será de un 3,5%.
Las cuantías siguientes que en el anterior Convenio formaban parte del Plus buena gestión se
incorporarán al salario base de dichas categorías:
-

Jefe/a Servicio: 1694, 55€/anuales

-

Encargado/a Gral.1530,10€/anuales

-

Encargado/a: 1250,70€/anuales

Plus de nocturnidad:
Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las nueve de la noche y las seis de la
mañana tendrán una retribución específica incrementada en un 25 % sobre Salario Base siempre
que sea trabajo efectivo.
Plus de convenio:
De acuerdo con la tabla anexa.

2022: 20%
2023:7%
2024:7%
2025:7%
Un total de un 41% a la finalización del convenio de la cantidad inicial.

BOCM-20230204-1

De manera progresiva, la cuantía fijada para el plus convenio irá disminuyendo en favor de salario
base aplicando sobre el existente en el año 2020 los siguientes porcentajes: