C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230204-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Multicanal Iberia, S. L.U. (código 28100081012011)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 30

SÁBADO 4 DE FEBRERO DE 2023

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cuidado de hijo/as y de parientes mayores que no pueden valerse por sí mismos, de modo que el
ejercicio de tales derechos resulte compatible con las actividades y la organización de la Empresa.
En la concreción de estas medidas la Empresa fomentará que se establezcan horarios que eviten
que las reuniones de trabajo se prolonguen más allá de la jornada laboral o que se convoquen a
última hora.
Segunda. Protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso moral y sexual
Las partes firmantes de este convenio manifiestan su preocupación y compromiso en prevenir,
evitar, resolver y sancionar los supuestos de acoso laboral o sexual que puedan producirse, como
requisito imprescindible para garantizar la dignidad, integridad e igualdad de trato y oportunidades
para las personas trabajadoras de la Empresa.
Todas las personas trabajadoras tienen el derecho y la obligación de relacionarse entre sí con un
trato cortés, respetuoso y digno. Por su parte, lo/as responsables de las distintas
direcciones/departamentos de Multicanal, deberán garantizar un entorno laboral libre de todo tipo
de acoso en sus respectivas áreas. Al objeto de que la empresa pueda implantar eficazmente la
presente política, todas las personas, y especialmente aquellas personas trabajadoras que
gestionan equipos, deben reaccionar y comunicar todo tipo de conductas que violen la presente
política. La colaboración es esencial para impedir este tipo de comportamientos.
La Empresa se compromete a investigar todas las denuncias sobre acoso, de conformidad con lo
dispuesto en el “Código de Conducta” vigente en la Empresa.

ANEXO I
DEFINICIÓN DE GRUPOS PROFESIONALES
Grupo 5: Directore/as y responsables superiores
Responsabilidades del puesto.
Planificación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de Managers, Supervisores/as
o colaboradores/as de una misma unidad o varias. Desarrolla planes departamentales.
Responsable del funcionamiento y de los resultados de múltiples unidades relacionadas
Formación y experiencia.
Es necesario poseer profundos conocimientos técnicos o una amplia experiencia. Personal de
reconocido prestigio como experto tanto dentro como fuera de la organización.
Autonomía.
Trabaja sin supervisión y actúa con total autonomía en un ambiente complejo teniendo en cuenta
la disponibilidad de recursos y los objetivos funcionales. Adoptan decisiones que alcanzan un alto
nivel de dificultad.
Impacto en el negocio.
Resuelve problemas complejos, de gran calado, con amplio impacto en la organización. Se
anticipa a desafíos internos o externos del negocio.
Grupo 4: Responsables y managers

Es responsable del funcionamiento y de los resultados de un equipo dentro de su propia disciplina
o área funcional.
Gestiona a Profesionales y/o Supervisores/as, puede gestionar al personal de soporte técnico,
soporte del negocio o de producción/operaciones.
Adapta planes y prioridades departamentales para dirigir los desafíos operacionales y de recursos.

BOCM-20230204-3

Responsabilidades del puesto.