D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230202-38)
Convenio –  Convenio de 13 de enero de 2023, entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid en materia de atención educativa en centros públicos que imparten primer ciclo de Educación Infantil a hijos e hijas de internas en centros penitenciarios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2023

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nas en centros penitenciarios, escolarizándoles en las Escuelas infantiles de la Red Pública
de la Comunidad de Madrid. Mediante el presente Convenio ambas partes vienen a actualizar los términos de dicha colaboración.
Quinto
Que la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 15.1 que “las Administraciones públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo con el fin de atender todas las solicitudes de escolarización de la población infantil de
cero a tres años. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras
entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. Todos los centros habrán de estar autorizados por la Administración educativa correspondiente y supervisados por ella”.
La Comunidad de Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, y en colaboración con los municipios de la región, viene impulsando el incremento de plazas en centros públicos de Educación Infantil.
Sexto
Que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, artículo 38.2 modificado por la Ley Orgánica 13/1995, de 18 de diciembre, sobre modificación de
la Ley Orgánica General Penitenciaria, que determina que las internas pueden tener consigo
hijos e hijas menores que no hayan alcanzado los 3 años de edad y la necesidad de su atención educativa, está interesada en proporcionar dicha atención en el mejor marco posible.
Séptimo
Que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en cumplimiento del artículo 2.o de la Ley Orgánica 13/1995, de 18 de diciembre, así como de los artículos 17.6 y 125
del vigente Reglamento Penitenciario, está interesada por el establecimiento de convenios
y acuerdos de colaboración con entidades públicas y/o privadas para poder ofertar a la población infantil la mejor educación.
Octavo
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades, está dispuesta a seguir colaborando en la escolarización de los hijos e hijas menores de internas en Centros Penitenciarios de la Comunidad de Madrid en centros
públicos que imparten primer ciclo de Educación Infantil.
Noveno
Que ambas partes entienden que la escolarización de la población infantil mencionada, por razones de carácter pedagógico y psicológico que favorezcan una mejor evolución
de su personalidad, deberá realizarse en el marco más adecuado posible, potenciando la relación socioeducativa en un medio abierto y normalizado.
Por todo lo expuesto, las partes deciden establecer el presente Convenio conforme a
las siguientes

Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto formalizar la colaboración entre la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para la escolarización en centros públicos que
imparten primer ciclo de Educación Infantil de niños y niñas cuyas madres, internas en
Centros Penitenciarios de la Comunidad de Madrid, tienen consigo.

BOCM-20230202-38

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