C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230202-26)
Convenio colectivo –  Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Empresas Comercializadoras de Juegos Colectivos de Dinero y Azar, suscrito por ASEJU y por la representación sindical FESMC-UGT (código número 28005825011989)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 134

JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 28

trabajador y que no haya sido valorado al ser fijado el salario base siempre que haya acuerdo entre
las partes.
Asimismo, tendrá esta consideración el premio de vinculación en el centro de trabajo. En ningún
caso tendrán el carácter de conceptos salariales compensables ni absorbibles.
x Antigüedad.
x Cualesquiera que vengan determinados por las características especiales y personales del
trabajador.
Complementos de vencimiento periódico superior al mes.
Todos los trabajadores y trabajadoras de acuerdo a lo señalado con anterioridad tendrán derecho a
tres pagas extraordinarias; dos de ellas se abonarán semestralmente, coincidiendo con los días 20
de Junio y 20 de Diciembre de cada año, y la tercera coincidiendo con el inicio del periodo de
vacaciones anuales pudiendo prorratearse todas ellas en 12 mensualidades; y, siendo su importe
para el año 2022 de 1.015,15€ cada una.
Se exceptúa al personal de limpieza, mantenimiento y administrativos de cobrar el importe
correspondiente al plus de nocturnidad de la paga extraordinaria correspondiente y siendo el importe
para todos estos trabajadores de 924.-€ para el año 2022.
Los trabajadores y trabajadoras que ingresen o cesen durante el año, percibirán la parte proporcional
de dichas pagas.
I.

Complementos Extrasalariales

Tendrán carácter extrasalarial las percepciones, cualquiera que sea su forma, que no responda a
una retribución unida directamente con el trabajo prestado.
Poseen esta naturaleza las compensaciones por:
Dietas
Indemnizaciones o suplidos
IV. Retribución en especie.
Complementos Extrasalariales Tendrán carácter extrasalarial las percepciones, cualquiera que sea
su forma, que no responda a una retribución unida directamente con el trabajo prestado. Poseen
esta naturaleza las compensaciones por: dietas, indemnizaciones o suplidos
V.-En su caso, las mejoras voluntarias individualmente pactadas o unilateralmente concedidas por
el empresario.
Madrid Año 2022
Remuneración Mínima Convenio Garantizada: 15.227,26 €.
Quebranto: 168,62 €.
Prolongación: 399,72 €.
15.795,60 €.
En el Convenio de Madrid para 2022 se ha incluido en la Remuneración Mínima Convenio
Garantizada anual los pluses de transporte y nocturnidad, razón por la que el personal de limpieza,
mantenimiento y administrativos que no prestan servicios por la noche no percibirá el importe
correspondiente al citado plus de nocturnidad, además, claro es, de los pluses de quebranto y
prolongación que tan solo corresponde al personal de juego.
TABLAS SALARIALES de 2022
Conceptos Económicos

Año 2022

Remuneración Mínima Convenio Garantizada:

 Salario Mensual: 1.015,15 €.
 Gratificación Extraordinaria: 1.015,15 €.
 El importe de las pagas del personal de limpieza, mantenimiento y administrativos será de 924.-€

BOCM-20230202-26

 Salario Anual: 15.227,26, €