C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230130-23)
Regulación Educación Primaria –  Orden 130/2023, de 23 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 25

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023

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trámite de audiencia e información públicas y la publicación de la orden y de los documentos
de su proceso de elaboración en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid.
En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido dictamen el Consejo Escolar de
la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 12/1999, de 29 de abril,
de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, y se han recabado los informes en materia de impacto por razón de género, impacto por razón de orientación sexual e
identidad y expresión de género e impacto en materia de familia, infancia y adolescencia,
así como el de la Abogacía General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.a)
de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
Por lo que antecede, en virtud de las competencias que atribuye el artículo 41.d) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y en cumplimiento de lo establecido en la disposición final segunda del Decreto 61/2022,
de 13 de julio, y en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Capítulo I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1
Objeto
La presente orden tiene por objeto regular y desarrollar aspectos de organización y
funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en
la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Ámbito de aplicación
Esta orden será de aplicación en los centros docentes públicos y privados de la Comunidad
de Madrid, debidamente autorizados, que impartan enseñanzas de Educación Primaria.
Capítulo II
Organización e implantación
de la etapa de Educación Primaria
Artículo 3
1. La Educación Primaria constituye una etapa educativa que forma parte de la enseñanza básica, de carácter obligatorio y gratuito. Se ordena en tres ciclos de dos años académicos cada uno.
2. La intervención educativa en esta etapa buscará desarrollar y asentar las bases que
contribuyan a una adecuada adquisición de las competencias, según lo dispuesto en el
anexo I del Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación
Primaria.
3. El currículo de la etapa se organiza en áreas de aprendizaje orientadas al desarrollo de competencias específicas del alumnado. Cada una de las áreas se impartirá en cada
curso por un único profesor, salvo el área de “Educación Artística”, que podrá impartirse
por dos profesores, uno por cada bloque que la conforman.
4. Los aprendizajes asociados a las competencias específicas de las áreas de “Lengua Castellana y Literatura” y “Matemáticas” tendrán carácter instrumental, por lo que recibirán, por parte de los centros, especial consideración. En aquellos centros que se impar-

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