D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230126-45)
Convenio – Convenio de 4 de enero de 2023, por el que se coordina la relación entre la Consejería de Administración Local y Digitalización y la empresa pública con forma de sociedad mercantil Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., para la ejecución de las actuaciones de obras supramunicipales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 271
competencias en la gestión del Programa de Inversión Regional (PIR) procederá a transferir a la empresa pública Planifica Madrid los créditos presupuestarios determinados por el
alta en el Programa de Inversión Regional, sin perjuicio de las necesarias modificaciones
del alta que determine la redacción y aprobación del proyecto de ejecución. La Comunidad
de Madrid procederá a tramitar el abono por el importe en concepto de pago a cuenta.
Quinta
Contratación de la redacción del proyecto de ejecución
Desde la recepción de la orden o la resolución de la inclusión, la empresa pública Planifica Madrid podrá iniciar el procedimiento de contratación del correspondiente proyecto
de ejecución, así como los servicios técnicos que, en su caso, sean necesarios para ello, esto
es, estudios geotécnicos o geofísicos y levantamiento topográfico. El contrato de redacción
de proyecto podrá incorporar los servicios de dirección facultativa y/o coordinación de seguridad y salud.
Sexta
Plan Económico de la Actuación Supramunicipal
Una vez redactado y aprobado el proyecto de ejecución, la empresa pública Planifica
Madrid elaborará un Plan Económico de Actuación Supramunicipal (PEAS), instrumento básico de coordinación de las relaciones económicas derivadas de la actuación entre Planifica
Madrid y la Comunidad de Madrid, que contendrá el presupuesto detallado de todos los costes
correspondientes a la actuación a realizar, que estará formada por documentos técnicos: proyectos, memorias, pliegos u otros, según los casos; y el desglose anual de su ejecución.
Todas las modificaciones que, de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación pública, puedan producirse en el proyecto de ejecución de la obra supramunicipal,
darán lugar a las consecuentes correcciones del PEAS, que deberá ajustarse, en todo caso,
al proyecto aprobado a ejecutar.
El PEAS, y en su caso sus modificaciones, será aprobado por el Consejo de Administración de la empresa pública Planifica Madrid, previo informe favorable de la Dirección
General con competencias en la gestión del Programa de Inversión Regional que, en caso
necesario, modificará el alta de la actuación.
Séptima
Contratación de las obras
Una vez aprobado el PEAS, y en su caso sus modificaciones, por el Consejo de Administración de la empresa pública Planifica Madrid, ésta podrá iniciar el procedimiento de
contratación de las obras y los servicios necesarios para su ejecución.
Octava
La ejecución de la obra supramunicipal será competencia de la empresa pública Planifica Madrid que, como centro gestor, deberá realizar las tareas de seguimiento y ejecución
ordinaria del contrato.
Para la coordinación y desarrollo de las obras supramunicipales, la Dirección General
con competencias en la gestión del PIR designará un técnico responsable de cada actuación,
que actuará como interlocutor de la Comunidad de Madrid frente al adjudicatario y a Planifica Madrid. Para dicha labor, la Dirección General podrá contar con asistencias técnicas,
en cuyo caso actuará como responsable el Subdirector General, Jefe de División o Jefe de
Área correspondiente.
Los técnicos de la empresa pública Planifica Madrid informarán mensualmente a los
técnicos designados por la Dirección General, sin perjuicio de la Comisión de Seguimiento establecida en la estipulación undécima.
Novena
Comprobación y recepción de las obras y garantía
A la terminación de las obras, y a efectos del seguimiento del correcto cumplimiento del
contrato por el adjudicatario, se procederá al levantamiento de un acta de comprobación por
BOCM-20230126-45
Seguimiento de las actuaciones
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 271
competencias en la gestión del Programa de Inversión Regional (PIR) procederá a transferir a la empresa pública Planifica Madrid los créditos presupuestarios determinados por el
alta en el Programa de Inversión Regional, sin perjuicio de las necesarias modificaciones
del alta que determine la redacción y aprobación del proyecto de ejecución. La Comunidad
de Madrid procederá a tramitar el abono por el importe en concepto de pago a cuenta.
Quinta
Contratación de la redacción del proyecto de ejecución
Desde la recepción de la orden o la resolución de la inclusión, la empresa pública Planifica Madrid podrá iniciar el procedimiento de contratación del correspondiente proyecto
de ejecución, así como los servicios técnicos que, en su caso, sean necesarios para ello, esto
es, estudios geotécnicos o geofísicos y levantamiento topográfico. El contrato de redacción
de proyecto podrá incorporar los servicios de dirección facultativa y/o coordinación de seguridad y salud.
Sexta
Plan Económico de la Actuación Supramunicipal
Una vez redactado y aprobado el proyecto de ejecución, la empresa pública Planifica
Madrid elaborará un Plan Económico de Actuación Supramunicipal (PEAS), instrumento básico de coordinación de las relaciones económicas derivadas de la actuación entre Planifica
Madrid y la Comunidad de Madrid, que contendrá el presupuesto detallado de todos los costes
correspondientes a la actuación a realizar, que estará formada por documentos técnicos: proyectos, memorias, pliegos u otros, según los casos; y el desglose anual de su ejecución.
Todas las modificaciones que, de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación pública, puedan producirse en el proyecto de ejecución de la obra supramunicipal,
darán lugar a las consecuentes correcciones del PEAS, que deberá ajustarse, en todo caso,
al proyecto aprobado a ejecutar.
El PEAS, y en su caso sus modificaciones, será aprobado por el Consejo de Administración de la empresa pública Planifica Madrid, previo informe favorable de la Dirección
General con competencias en la gestión del Programa de Inversión Regional que, en caso
necesario, modificará el alta de la actuación.
Séptima
Contratación de las obras
Una vez aprobado el PEAS, y en su caso sus modificaciones, por el Consejo de Administración de la empresa pública Planifica Madrid, ésta podrá iniciar el procedimiento de
contratación de las obras y los servicios necesarios para su ejecución.
Octava
La ejecución de la obra supramunicipal será competencia de la empresa pública Planifica Madrid que, como centro gestor, deberá realizar las tareas de seguimiento y ejecución
ordinaria del contrato.
Para la coordinación y desarrollo de las obras supramunicipales, la Dirección General
con competencias en la gestión del PIR designará un técnico responsable de cada actuación,
que actuará como interlocutor de la Comunidad de Madrid frente al adjudicatario y a Planifica Madrid. Para dicha labor, la Dirección General podrá contar con asistencias técnicas,
en cuyo caso actuará como responsable el Subdirector General, Jefe de División o Jefe de
Área correspondiente.
Los técnicos de la empresa pública Planifica Madrid informarán mensualmente a los
técnicos designados por la Dirección General, sin perjuicio de la Comisión de Seguimiento establecida en la estipulación undécima.
Novena
Comprobación y recepción de las obras y garantía
A la terminación de las obras, y a efectos del seguimiento del correcto cumplimiento del
contrato por el adjudicatario, se procederá al levantamiento de un acta de comprobación por
BOCM-20230126-45
Seguimiento de las actuaciones