Parla (BOCM-20230124-80)
Organización y funcionamiento. Ordenanza servicios sociales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023

Pág. 533

Art. 34. Dichas infracciones se califican en leves, graves y muy graves.
Son consideradas infracciones leves:
— No justificar el destino de la prestación en el plazo establecido.
Son consideradas infracciones graves:
— No justificar el destino de la prestación.
— Ocultar o falsear la información requerida para la valoración de la situación.
— Incumplimiento de los compromisos adquiridos en el acuerdo de intervención familiar/individual.
— No utilizar la prestación para el fin para el que fue concedido.
— La reincidencia en la comisión de dos infracciones leves
Son consideradas infracciones muy graves:
— Incumplimiento de los compromisos adquiridos en el acuerdo de intervención familiar/individual cuando tal comportamiento haya podido condicionar el bienestar de los menores/mayores/dependientes miembros de la unidad familiar.
Art. 35. Las sanciones que se podrán imponer a los/as beneficiarios/as de la prestación que incurran en alguna de las faltas mencionadas en el artículo anterior serán las siguientes:
— Por faltas leves: prohibición de acceso a las prestaciones económicas en el plazo
de tres meses.
— Por faltas graves: prohibición de acceso a las prestaciones económicas en el plazo
de seis meses.
— Por faltas muy graves: prohibición de acceso a las prestaciones económicas en el
plazo de un año.
La sanción por la comisión de falta grave o muy grave llevará implícita la devolución
de las cantidades indebidamente percibidas. Las cantidades que se tengan que reintegrar
tendrán la consideración de ingreso de derecho público y, por tanto, se procederá a su cobro por la vía de apremio, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.
Art. 36. Reincidencia.—Se produce reincidencia a los efectos del régimen sancionador relativo a las prestaciones sociales de carácter económico, por la comisión en el plazo
de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así se haya declarado
por resolución administrativa.
Art. 37. La propuesta de sanción a la infracción cometida deberá tener en cuenta el
perjuicio que su ejecución pudiese deparar a los miembros de la familia menores de edad o
dependientes, procurando que la posible sanción no les coloque en una situación aún más
vulnerable, sin perjuicio de que la infracción cometida pueda ser tenida en cuenta en las
consideraciones del proceso de intervención familiar que se esté llevando a cabo.
Art. 38. Será competente para la instrucción del procedimiento sancionador la Concejalía con funciones delegadas en materia de servicios sociales.
SECCIÓN 4.a

Art. 39. La Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género
de la Comunidad de Madrid recoge el sistema de atención integral a las víctimas de violencia de género del que forman parte la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género, estableciendo una estrecha colaboración con los municipios
que dio lugar a la creación de los Puntos municipales contra la violencia de género, entendiendo dicha norma que, como unidades pertenecientes a la Administración local, los Puntos municipales, deben desarrollar acciones de carácter preventivo, de sensibilización, de
información, orientación, derivación y acompañamiento a las víctimas, gestionando desde
dichos órganos la concesión de ayudas económicas a las víctimas de violencia de género,
para sus hijos e hijas y otras personas de ellas dependientes.
Art. 40. De conformidad con los acuerdos de colaboración suscritos, entre el Ayuntamiento de Parla y la Comunidad de Madrid, las ayudas económicas destinadas a las víctimas de violencia de género, deberán ir orientadas al pago de escuelas infantiles de sus hijos e
hijas, comedores escolares, acceso a la vivienda, suministros, acceso de los menores a recursos de formación no reglada y ocio y tiempo libre (ludotecas, campamentos, entre otros).

BOCM-20230124-80

Ayudas económicas a las víctimas de violencia de género