Cercedilla (BOCM-20230124-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 20
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 503
2.2. Los órganos de selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las resoluciones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría y vincularán a la
Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, el Tribunal Calificador adoptará sus decisiones por mayoría y, en caso de empate, se repetirá la votación. Si en
segunda votación persistiera el empate, dirimirá el presidente con su voto de calidad.
El Tribunal Calificador continuará constituido hasta tanto no se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Al Tribunal Calificador le será de aplicación, con carácter supletorio, lo dispuesto para
los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección 3.a, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.3. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes incumple uno o varios de los
requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su
cumplimiento.
2.4. En el caso de que la persona opositora no acredite el cumplimiento de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta
motivada de su exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos o reclamaciones que
correspondan.
3.
Abstención y recusación:
3.1. Deberán abstenerse de formar parte en el Tribunal de Selección, notificándolo a
la autoridad convocante, aquellas personas en quienes se dé alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3.2. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusarles según el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Fases de concurso y oposición
El procedimiento de selección constará de las dos siguientes fases:
1.
Fase de concurso:
1.1. La fase de concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados por las
personas aspirantes y acreditadas documentalmente, de acuerdo con el baremo de méritos
establecidos en la base séptima.
1.2. Los méritos a valorar en la fase de concurso se referirán a aquellos que se posean a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. En ningún caso tendrá carácter eliminatorio.
1.3. Solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las
pruebas de oposición.
Fase de oposición:
2.1. Constará de la siguiente prueba que tendrá carácter eliminatorio.
2.2. Las personas interesadas realizarán una prueba tipo test de 20 preguntas que versarán sobre los temas del Anexo I.
2.3. Cada pregunta tendrá tres respuestas alternativas siendo solo una la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente tendrá el valor de 1 punto; las no contestadas o con
varias respuestas no puntuarán ni restarán.
2.4. Se considerará aprobado o superada esta fase a todo aquel que haya contestado
correctamente a un mínimo de 10 preguntas.
BOCM-20230124-69
2.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 20
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 503
2.2. Los órganos de selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las resoluciones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría y vincularán a la
Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, el Tribunal Calificador adoptará sus decisiones por mayoría y, en caso de empate, se repetirá la votación. Si en
segunda votación persistiera el empate, dirimirá el presidente con su voto de calidad.
El Tribunal Calificador continuará constituido hasta tanto no se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Al Tribunal Calificador le será de aplicación, con carácter supletorio, lo dispuesto para
los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección 3.a, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.3. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes incumple uno o varios de los
requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su
cumplimiento.
2.4. En el caso de que la persona opositora no acredite el cumplimiento de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta
motivada de su exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos o reclamaciones que
correspondan.
3.
Abstención y recusación:
3.1. Deberán abstenerse de formar parte en el Tribunal de Selección, notificándolo a
la autoridad convocante, aquellas personas en quienes se dé alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3.2. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusarles según el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Fases de concurso y oposición
El procedimiento de selección constará de las dos siguientes fases:
1.
Fase de concurso:
1.1. La fase de concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados por las
personas aspirantes y acreditadas documentalmente, de acuerdo con el baremo de méritos
establecidos en la base séptima.
1.2. Los méritos a valorar en la fase de concurso se referirán a aquellos que se posean a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. En ningún caso tendrá carácter eliminatorio.
1.3. Solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las
pruebas de oposición.
Fase de oposición:
2.1. Constará de la siguiente prueba que tendrá carácter eliminatorio.
2.2. Las personas interesadas realizarán una prueba tipo test de 20 preguntas que versarán sobre los temas del Anexo I.
2.3. Cada pregunta tendrá tres respuestas alternativas siendo solo una la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente tendrá el valor de 1 punto; las no contestadas o con
varias respuestas no puntuarán ni restarán.
2.4. Se considerará aprobado o superada esta fase a todo aquel que haya contestado
correctamente a un mínimo de 10 preguntas.
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