D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230121-6)
Convenio – Convenio de 22 de diciembre de 2022, entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE ENERO DE 2023
Pág. 37
Segunda
Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: objetivos, medios y recursos
1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 28 de julio de 2022, por el que se aprueba el Marco de Cooperación Interadministrativa y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del
Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la Comunidad de Madrid mediante la participación en la financiación
de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad.
La Administración General del Estado, a través del Imserso, aportará como cuantía
máxima de sesenta y siete millones trescientos veintitrés mil ciento noventa y un euros
(67.323.191,00 euros) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con
los criterios de reparto recogidos en el citado Marco de Cooperación Interadministrativa.
La Comunidad de Madrid aportará, para la financiación del presente convenio, con
cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de sesenta y siete millones trescientos
veintitrés mil ciento noventa y un euros (67.323.191,00 euros), con cargo a las aplicaciones:
231A “Atención social especializada a personas con enfermedad mental”; 231F “Atención
especializada a personas con discapacidad”; 231D “Atención a personas mayores”; 231I
“Coordinación de la Dependencia”; 239N “Dirección y coordinación del Servicio Regional
de Bienestar social”; 231H “Atención a personas mayores en residencias y centros de día”;
231J “Atención a personas con discapacidad psíquica en centros”; 239O “Evaluación, calidad e innovación”; Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la
Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, SAAD) en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las cláusulas siguientes.
Tercera
1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad de Madrid se ajustará a los
acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial y, en particular, a lo establecido en el “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de
Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia”,
aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en fecha de 15 de enero de 2021.
2. Con cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes actuaciones:
a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de valoración del grado de dependencia y elaboración de PIA y disminución de la lista de
espera de acuerdo al Plan de Reducción de la lista de espera presentado por la comunidad autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de:
— Mejora de sistemas de información y gestión.
— Incremento de personal valorador y de realización de PIA.
— Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con derecho a atención.
b) Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:
— Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a
los mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el
que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006.
— Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con
las prestaciones económicas.
— Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a
la población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio
BOCM-20230121-6
Servicios y prestaciones del SAAD
B.O.C.M. Núm. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE ENERO DE 2023
Pág. 37
Segunda
Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: objetivos, medios y recursos
1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 28 de julio de 2022, por el que se aprueba el Marco de Cooperación Interadministrativa y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del
Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la Comunidad de Madrid mediante la participación en la financiación
de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad.
La Administración General del Estado, a través del Imserso, aportará como cuantía
máxima de sesenta y siete millones trescientos veintitrés mil ciento noventa y un euros
(67.323.191,00 euros) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con
los criterios de reparto recogidos en el citado Marco de Cooperación Interadministrativa.
La Comunidad de Madrid aportará, para la financiación del presente convenio, con
cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de sesenta y siete millones trescientos
veintitrés mil ciento noventa y un euros (67.323.191,00 euros), con cargo a las aplicaciones:
231A “Atención social especializada a personas con enfermedad mental”; 231F “Atención
especializada a personas con discapacidad”; 231D “Atención a personas mayores”; 231I
“Coordinación de la Dependencia”; 239N “Dirección y coordinación del Servicio Regional
de Bienestar social”; 231H “Atención a personas mayores en residencias y centros de día”;
231J “Atención a personas con discapacidad psíquica en centros”; 239O “Evaluación, calidad e innovación”; Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la
Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, SAAD) en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las cláusulas siguientes.
Tercera
1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad de Madrid se ajustará a los
acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial y, en particular, a lo establecido en el “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de
Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia”,
aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en fecha de 15 de enero de 2021.
2. Con cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes actuaciones:
a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de valoración del grado de dependencia y elaboración de PIA y disminución de la lista de
espera de acuerdo al Plan de Reducción de la lista de espera presentado por la comunidad autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de:
— Mejora de sistemas de información y gestión.
— Incremento de personal valorador y de realización de PIA.
— Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con derecho a atención.
b) Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:
— Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a
los mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el
que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006.
— Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con
las prestaciones económicas.
— Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a
la población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio
BOCM-20230121-6
Servicios y prestaciones del SAAD