D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230120-38)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Berzosa de Lozoya, para articular la atención a personas mayores en la residencia municipal de Berzosa de Lozoya
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 17

5. Otros servicios.
a) El centro pondrá a disposición de los usuarios el servicio de peluquería y podología. Los usuarios satisfarán los precios correspondientes que fije la residencia, los
cuales deberán estar expuestos en sitio visible a la entrada y dentro del local en el
que se presta el servicio.
b) En caso de fallecimiento el centro notificará de forma inmediata el hecho a los familiares y, si la residencia cuenta con la infraestructura adecuada, se facilitará el
uso gratuito de los velatorios de la misma durante las 36 horas siguientes, corriendo a cargo de los familiares y allegados del difunto los trámites y gastos de traslado y sepelio.
c) En los casos de residentes sin familia o abandonados de hecho por la misma, y sin
recursos propios para sufragar los gastos derivados del sepelio, el centro realizará
los trámites correspondientes y asumirá, en su caso, los gastos originados.
d) El centro facilitará diariamente distintos periódicos y mensualmente revistas diferentes, ambos de tirada nacional.
6. Protocolos y registros:
a) El centro deberá utilizar deberá utilizar protocolos y registros normalizados en la
realización de las actividades y prestación de los servicios contemplados en el presente convenio y deberá garantizar la formación oportuna de los trabajadores en
los protocolos y registros, que les afecten por su categoría profesional. Estos protocolos deberán orientarse, de acuerdo a las posibilidades del centro, a un “Modelo de Atención Centrada en la Persona”.
b) Como mínimo se deberá disponer y utilizar los siguientes protocolos y registros:
Protocolos:
1. Información y orientación para el ingreso a usuarios y familiares.
2. Alimentación e hidratación.
3. Higiene y cuidado personal.
4. Sueño y reposo.
5. Eliminación, incontinencia y estreñimiento.
6. Cambios posturales y movilizaciones.
7. Preparación y administración de medicación.
8. Prevención, detección y tratamiento precoz de UPP.
9. Caídas. Se contemplará de forma específica el registro y seguimiento de usuarios con alto riesgo de caídas.
10. Gestión y control de medidas de sujeción.
11. Prevención y uso de sujeciones.
12. Cuidados de ostomías (colostomías, traqueotomías, ileostomías etc.).
13. Cuidados de usuarios con sonda vesical.
14. Cuidados de usuarios con sonda nasogástrica.
15. Actuación con personas con trastornos conductuales.
16. Aislamiento: actuaciones para evitar que una enfermedad concreta que padece un residente sea transmitida al resto (el uso de este protocolo exige, necesariamente, prescripción facultativa previa).
17. Actuaciones a seguir ante la aparición de enfermedades de declaración obligatoria, brotes epidémicos y detección de casos de SIDA.
18. Fallecimiento y Duelo.
19. Suicidio.
20. Traslado a servicios de urgencias.
21. De adopción de medidas judiciales de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica.
22. Desaparición de residentes.
23. Manejo de objetos punzantes.
24. Manejo de residuos sanitarios.
25. De acogida, atención, no discriminación y prevención de la violencia por motivos de identidad o expresión de género o por razón de orientación e identidad sexual.
26. Prevención y gestión de riesgos psicosociales. Prevención de la violencia en
el lugar de trabajo.
27. Detección y actuación ante situaciones de maltrato.
28. De prevención detección y atención a situaciones de soledad no deseada.

BOCM-20230120-38

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