D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230118-19)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2022, entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) para el impulso de la Oficina Técnica de apoyo para proyectos europeos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 54
MIÉRCOLES 18 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 15
Cuarta
La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, participará con una aportación económica máxima de ciento noventa y cinco mil euros (195.000,00 euros) anuales para contribuir a la financiación del coste de los compromisos comprendidos en el presente convenio y dirigidos al desarrollo de la Oficina Técnica de Apoyo a Proyectos Europeos con
cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 921U de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
La aportación económica de la Comunidad de Madrid está dirigida a financiar los siguientes gastos:
— Costes de personal, pudiendo financiarse los costes salariales de los trabajadores
de la Oficina identificados en la cláusula segunda del presente convenio, así como
los costes de Seguridad Social de los mismos. Dicha aportación imputable a los
costes de personal, se hará siempre de acuerdo a lo recogido en la estipulación
quinta de este convenio, sin que ello pueda crear relación contractual alguna con
la Comunidad de Madrid ni costes al capítulo 1 de la misma.
— Organización y desarrollo de seminarios presenciales o virtuales.
— Contratación de servicios profesionales para la elaboración de informes, documentos, estudios, desarrollos tecnológicos u otros servicios relacionados con los
objetivos del convenio, y que no sean desarrollados por el personal de la Oficina
Técnica de Proyectos Europeos.
— Gastos de producción, difusión, edición y maquetación de materiales elaborados
por la Oficina.
— Contratación de servicios de consultaría para el apoyo a las empresas, en particular a las pymes, en la elaboración, presentación y gestión de propuestas en el marco de los Proyectos Europeos de Gestión Directa (PEGD).
— Gastos de viajes y desplazamientos necesarios para el desarrollo de la labor de
asesoramiento integral objeto de este Convenio.
El pago de esta aportación económica se realizará en cuatro partes: la primera, a la finalización de los tres primeros meses de vigencia del convenio, la segunda a la finalización
de los seis primeros meses de vigencia del convenio, la tercera a la finalización de los nueve primeros meses de vigencia del convenio y la cuarta a la finalización del plazo total de
la vigencia del convenio. Estos pagos se ejecutarán mediante el ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto comunique la Confederación, de conformidad con la cantidad justificada en la documentación que a continuación se indica y que se deberá presentar previamente, en el plazo máximo de 15 días desde la finalización de cada una de las partes del pago
señaladas anteriormente, plazo que se reduce a un máximo de 7 días de plazo para el pago
correspondiente a la finalización del plazo total de la vigencia:
— Memoria explicativa de las actividades desarrolladas con evaluación de los resultados obtenidos y Memoria económica que detalle los gastos realizados en ese período.
— Las facturas correspondientes de dichos gastos u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa. Junto con las facturas se acompañarán los correspondientes justificantes de pago. Dichos documentos se aportarán como justificantes a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, quien deberá validar las facturas y aprobar los gastos.
La Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) estará obligada a facilitar
cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de
Madrid, el Tribunal de Cuentas o a la Cámara de Cuentas.
Quinta
Personal sujeto al convenio
En ningún caso habrá integración funcional o de cualquier otro tipo en la Comunidad
de Madrid de ninguna de las personas implicadas en el Convenio o contratadas para él, salvo aquellas que ya formasen parte del personal propio de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230118-19
Compromisos económicos de las partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 54
MIÉRCOLES 18 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 15
Cuarta
La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, participará con una aportación económica máxima de ciento noventa y cinco mil euros (195.000,00 euros) anuales para contribuir a la financiación del coste de los compromisos comprendidos en el presente convenio y dirigidos al desarrollo de la Oficina Técnica de Apoyo a Proyectos Europeos con
cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 921U de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
La aportación económica de la Comunidad de Madrid está dirigida a financiar los siguientes gastos:
— Costes de personal, pudiendo financiarse los costes salariales de los trabajadores
de la Oficina identificados en la cláusula segunda del presente convenio, así como
los costes de Seguridad Social de los mismos. Dicha aportación imputable a los
costes de personal, se hará siempre de acuerdo a lo recogido en la estipulación
quinta de este convenio, sin que ello pueda crear relación contractual alguna con
la Comunidad de Madrid ni costes al capítulo 1 de la misma.
— Organización y desarrollo de seminarios presenciales o virtuales.
— Contratación de servicios profesionales para la elaboración de informes, documentos, estudios, desarrollos tecnológicos u otros servicios relacionados con los
objetivos del convenio, y que no sean desarrollados por el personal de la Oficina
Técnica de Proyectos Europeos.
— Gastos de producción, difusión, edición y maquetación de materiales elaborados
por la Oficina.
— Contratación de servicios de consultaría para el apoyo a las empresas, en particular a las pymes, en la elaboración, presentación y gestión de propuestas en el marco de los Proyectos Europeos de Gestión Directa (PEGD).
— Gastos de viajes y desplazamientos necesarios para el desarrollo de la labor de
asesoramiento integral objeto de este Convenio.
El pago de esta aportación económica se realizará en cuatro partes: la primera, a la finalización de los tres primeros meses de vigencia del convenio, la segunda a la finalización
de los seis primeros meses de vigencia del convenio, la tercera a la finalización de los nueve primeros meses de vigencia del convenio y la cuarta a la finalización del plazo total de
la vigencia del convenio. Estos pagos se ejecutarán mediante el ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto comunique la Confederación, de conformidad con la cantidad justificada en la documentación que a continuación se indica y que se deberá presentar previamente, en el plazo máximo de 15 días desde la finalización de cada una de las partes del pago
señaladas anteriormente, plazo que se reduce a un máximo de 7 días de plazo para el pago
correspondiente a la finalización del plazo total de la vigencia:
— Memoria explicativa de las actividades desarrolladas con evaluación de los resultados obtenidos y Memoria económica que detalle los gastos realizados en ese período.
— Las facturas correspondientes de dichos gastos u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa. Junto con las facturas se acompañarán los correspondientes justificantes de pago. Dichos documentos se aportarán como justificantes a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, quien deberá validar las facturas y aprobar los gastos.
La Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) estará obligada a facilitar
cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de
Madrid, el Tribunal de Cuentas o a la Cámara de Cuentas.
Quinta
Personal sujeto al convenio
En ningún caso habrá integración funcional o de cualquier otro tipo en la Comunidad
de Madrid de ninguna de las personas implicadas en el Convenio o contratadas para él, salvo aquellas que ya formasen parte del personal propio de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230118-19
Compromisos económicos de las partes