C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230116-24)
Bases subvenciones –  Orden 2646/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al apoyo a aceleradoras culturales, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 16 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 13

Artículo 23
Etiquetado climático y digital
De conformidad con el Anexo del documento de trabajo del Pleno de la Conferencia
Sectorial de Cultura, en su reunión celebrada de forma telemática por procedimiento escrito entre los días 15 y 22 de diciembre de 2022, y en la redacción dada al nuevo documento rector a las presentes ayudas les corresponde un coeficiente de etiquetado digital del 40 por 100 y
no cuenta con coeficiente de etiquetado climático.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES
AL AÑO 2023, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA,
DESTINADAS A PROYECTOS DE APOYO
A ACELERADORAS CULTURALES, CON CARGO AL
“PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA,
FINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO, NEXT GENERATION EU”
COMPONENTE C.24.I1.P1.2
1. Objeto, finalidad y procedimiento de concesión
1.1. La presente Orden tiene por objeto establecer los requisitos de la convocatoria
de ayudas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la financiación de proyectos de apoyo a aceleradoras culturales según el Componente 24, “Revalorización de la industria cultural”, I1 “Competitividad y profesionalización de las ICC”, en el proyecto
C.24.I1.P1.2. “Apoyo a aceleradoras culturales” del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de
abril de 2021.
1.2. La concesión se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva.
1.3. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de
actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas
tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que un mínimo de 50 empresas culturales de
la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo
1.4. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de
aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades
como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.

2.1. Con carácter general, se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan de manera cierta e indubitada al objeto o la actividad subvencionada y que resulten
estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad o el proyecto, es decir, se subvencionarán las actividades vinculadas a los procesos de aceleración cultural en el ámbito
de las industrias culturales y creativas.
2.2. En ningún caso el coste de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado.
2.3. Los gastos deberán haberse efectuado dentro del período: 1 de enero de 2022 a 31
de diciembre de 2026.
2.4. Los proyectos y actuaciones que se van a financiar deben estar vinculados a los
procesos de aceleración objeto de esta convocatoria, a través de actividades y acciones de
investigación, formación producción, exhibición, distribución o comercialización; contem-

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2. Gastos subvencionables y actuaciones elegibles