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Convenio –  Convenio de 19 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelaguna, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Torrelaguna
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 11

La gerencia podrá ser desempeñada por personal propio de la entidad local o por personal externo.
Si la gerencia es desempeñada por personal propio de la entidad local ejecutante, esta
se hará cargo de su coste. El personal funcionario interino será considerado personal propio de la entidad local, incluso en el caso de que se haya nombrado expresamente para el
plan. En estos casos, será posible contratar con cargo a los fondos del Plan un apoyo puntual a la gerencia con personal externo, debiendo cumplirse con los principios y procedimientos recogidos en la normativa en materia de contratación que resulte aplicable. Dicho
apoyo externo deberá estar dedicado en exclusividad a la realización de las tareas del Plan.
Si la gerencia es externalizada completamente, su contratación deberá cumplir con la normativa en materia de contratación que resulte aplicable. La contratación y pago de la gerencia
corresponderá a la entidad local ejecutante, con cargo a los fondos asignados al Plan. La gerencia externa deberá estar dedicada en exclusividad a la realización de las tareas del Plan.
Undécima
Subcontratación
Las entidades locales que se comprometen a ejecutar las actuaciones materiales objeto del Plan podrán subcontratar hasta el cien por cien de la actividad. La contratación y subcontratación por parte de dichas entidades se sujetará a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, cuando esta resulte de aplicación.
Duodécima
Publicidad
1. Con el objeto de dotar de notoriedad y visibilidad al Plan el Ayuntamiento de
Torrelaguna realizará las siguientes actuaciones:
a) Actuaciones de difusión online en las redes sociales y páginas web oficiales,
describiendo la zona objeto del presente Plan y las actuaciones a acometer, para
darlas a conocer entre residentes y turistas.
b) Sesión informativa, mediante un acto público, dirigido al empresariado, medios de
comunicación y población en general, para informar de los objetivos y actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística.
c) En todas las publicaciones a que se refiere la presente cláusula, financiadas en
todo o en parte con el presupuesto del Plan, se incluirá la leyenda “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino: Torrelaguna Cruce de Caminos entre Ayer y Hoy”,
así como la imagen institucional de todos los firmantes del convenio.
2. Las entidades firmantes del presente convenio se comprometen a dar su consentimiento para la publicación de las aportaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como en el artículo 23 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de Transparencia y participación de la Comunidad de Madrid.
Decimotercera
Modificación del convenio
Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio. La modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de seguimiento, mediante la suscripción de una adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los firmantes según lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Extinción del convenio
1. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones. En el caso de
que el importe de las actuaciones ejecutadas por la entidad local fuera inferior a los fondos
que hubiera recibido del resto de partes del convenio para financiar dicha ejecución, aquella deberá reintegrar a estas el exceso que corresponda a cada una, según el porcentaje de
su aportación recogido en la cláusula cuarta, en el plazo máximo de un mes desde que se
hubiera determinado el reintegro.

BOCM-20230113-25

Decimocuarta