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Convenio –  Convenio de 24 de diciembre de 2022, entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo por esta de un proyecto piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4, mediante actuaciones de la inversión, C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva”, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos)”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 10

Desarrollo de actuaciones de “Financiación de Formación (Microcréditos)” dentro de
la inversión, C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital,
verde y productiva”
— Hito 2022: Firma del presente convenio.
— Objetivo T1 2025: 2.857 personas trabajadoras finalizan formación financiada
con microcréditos para la transformación digital, ecológica y productiva.
El cumplimiento de estos hitos y objetivos en las fechas indicadas contribuirá al cumplimiento de los hitos y objetivos recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, validado por la Comisión Europea, para la inversión 3 del Componente 23 (C23.I3).
Tercera
Para la consecución de los objetivos y la ejecución del proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4” incluidos en la Inversión 3, “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se destinarán la cantidad de 1.999.900,00 euros para un proyecto
piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, dotados en el estado de
gastos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2022, en la aplicación presupuestaria 19.101.24WC.455.20. La citada aportación tiene la consideración de
subvención de concesión directa, regulada en el Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el libramiento de la aportación citada se realizará de forma
anticipada en su totalidad, a través de un único libramiento, previa solicitud de la Comunidad de Madrid a la que se acompañará el plan, aprobado de acuerdo con lo previsto en la
cláusula cuarta, que recoja las actuaciones concretas a realizar para el desarrollo de los proyectos “Financiación de formación (microcréditos) P4” incluidos en la Inversión 3, “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las cuales se prevé destinar las aportaciones económicas del Servicio de Empleo Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad Autónoma,
sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio, siempre que las
cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este convenio. En todo caso, la cifra
final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de fondos que se realicen para la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2022, tanto para los fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como los no financiados
con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de
octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad de Madrid podrá utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo
Estatal para la ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar adicionalmente y reforzar en su caso los fondos objeto de este convenio. Deberá quedar, en tal caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta
Compromisos de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Formación aprobará el
plan que recoja las actuaciones concretas a realizar para el desarrollo de los proyectos “Financiación de formación (microcréditos)” a las cuales se destinarán los fondos del Servicio

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