D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230112-11)
Convenio – Convenio de 24 de diciembre de 2022, entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo por esta de un proyecto piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4, mediante actuaciones de la inversión, C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva”, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos)”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE ENERO DE 2023
Pág. 43
por tanto, impulsar la inserción laboral y la formación, el emprendimiento y el autoempleo
de las personas desempleadas.
Que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo de la
Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, todo ello de acuerdo con
lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
Segundo
Que mediante el Real Decreto 30/2000, de 14 de enero (“Boletín Oficial del Estado” 2
de febrero), se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Comunidad de Madrid de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el
ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
Que la Comunidad de Madrid, también ha asumido por Real Decreto 2534/1998, de
27 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” 15 de diciembre) el traspaso de funciones y
Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Gestión de la Formación Profesional Ocupacional.
Que mediante el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Consejería es competente para la realización de todas aquellas actividades de fomento, formación para el empleo, orientación e intermediación en el mercado laboral en el
ámbito autonómico.
Tercero
Que el Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este
momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un
paquete de medidas de gran alcance.
Que estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation
EU”), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido
por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. La instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo
Europeo de Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y de
conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision- CID), de 13 de julio de 2021.
Que, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, y el Servicio Público de Empleo Estatal participan de
forma relevante en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”.
Que dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye la
Inversión 3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y
productiva, que incluye los proyectos de recualificación de los trabajadores “Financiación
de formación (microcréditos) P4”.
La situación generada por la pandemia agrava la vulnerabilidad tanto de las personas
paradas de larga duración como la de otros colectivos que ya se encontraban en situaciones
límites, abocando a una transformación del tejido productivo con un impacto muy fuerte en
los trabajadores.
Con el fin de hacer frente a esta situación, de transformación productiva, digital y verde, se hace necesario poner en marcha proyectos y líneas de intervención que atiendan las
necesidades de cualificación y recualificación de las personas trabajadoras, y contribuya a
tanto a la mejora de la empleabilidad como a la transformación productiva digital y sostenible. Esta adaptación conlleva una transformación digital y verde inherente y necesaria, así
como el impulso de la economía verde, a través de proyectos integrados de inserción en los
BOCM-20230112-11
Cuarto
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por tanto, impulsar la inserción laboral y la formación, el emprendimiento y el autoempleo
de las personas desempleadas.
Que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo de la
Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, todo ello de acuerdo con
lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
Segundo
Que mediante el Real Decreto 30/2000, de 14 de enero (“Boletín Oficial del Estado” 2
de febrero), se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Comunidad de Madrid de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el
ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
Que la Comunidad de Madrid, también ha asumido por Real Decreto 2534/1998, de
27 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” 15 de diciembre) el traspaso de funciones y
Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Gestión de la Formación Profesional Ocupacional.
Que mediante el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Consejería es competente para la realización de todas aquellas actividades de fomento, formación para el empleo, orientación e intermediación en el mercado laboral en el
ámbito autonómico.
Tercero
Que el Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este
momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un
paquete de medidas de gran alcance.
Que estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation
EU”), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido
por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. La instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo
Europeo de Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y de
conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision- CID), de 13 de julio de 2021.
Que, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, y el Servicio Público de Empleo Estatal participan de
forma relevante en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”.
Que dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye la
Inversión 3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y
productiva, que incluye los proyectos de recualificación de los trabajadores “Financiación
de formación (microcréditos) P4”.
La situación generada por la pandemia agrava la vulnerabilidad tanto de las personas
paradas de larga duración como la de otros colectivos que ya se encontraban en situaciones
límites, abocando a una transformación del tejido productivo con un impacto muy fuerte en
los trabajadores.
Con el fin de hacer frente a esta situación, de transformación productiva, digital y verde, se hace necesario poner en marcha proyectos y líneas de intervención que atiendan las
necesidades de cualificación y recualificación de las personas trabajadoras, y contribuya a
tanto a la mejora de la empleabilidad como a la transformación productiva digital y sostenible. Esta adaptación conlleva una transformación digital y verde inherente y necesaria, así
como el impulso de la economía verde, a través de proyectos integrados de inserción en los
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Cuarto